Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2766)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Fabricantes de Azulejos y Pavimentos Cerámicos, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector cerámico para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Jueves 13 de febrero de 2025
Cuarta.

Sec. III. Pág. 20086

Implicaciones económicas.

El importe económico máximo previsto con cargo al presente convenio es de
setecientos sesenta y cinco mil euros (765.000 €), comprometiéndose cada parte a
cofinanciar los gastos de las actividades que se vayan a ejecutar al amparo del presente
convenio de conformidad con los porcentajes que se detallan en el siguiente cuadro por
mercados:
Mercado

% aportación ICEX

% aportación ASCER

Alemania.

35

65

Canadá.

50

50

Estados Unidos.

65

35

Francia.

35

65

Italia.

35

65

Reino Unido.

35

65

Rusia.

65

35

La aportación máxima de ASCER para esta campaña asciende a cuatrocientos
quince mil ciento setenta y dos euros con sesenta y nueve céntimos (415.172,69 €).
La aportación máxima de ICEX para esta campaña asciende a trescientos cuarenta y
nueve mil ochocientos veintisiete euros con treinta y un céntimos (349.827,31 €).
La aportación de ASCER se ingresará mediante transferencia bancaria en la cuenta
designada al efecto por ICEX para atender los gastos asociados al desarrollo del objeto
del convenio dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en la que este convenio
adquiera eficacia.
En el caso de que existan sobrantes o cantidades sin gastar, éstas serán repartidas
entre las partes, en función del porcentaje de contribución a los gastos.
Quinta.

Vigencia.

El presente Convenio tendrá efectos hasta el 31 de diciembre de 2025, sin posibilidad
de prórroga.
El Convenio se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal (REOICO) en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización.
Adicionalmente, será publicado en el plazo de diez (10) días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Para el seguimiento y evaluación, de las actividades relacionadas con el presente
Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2) representantes
designados por ASCER y otros dos (2) designados por ICEX (en lo sucesivo,
indistintamente, la Comisión de Seguimiento, o la Comisión.
Por parte de ASCER formarán parte de la Comisión: La persona titular de la
Secretaría General y la persona titular del Departamento de Comercio y Promoción
exterior.
Por parte de ICEX, formarán parte de la Comisión: La persona titular de la Dirección
de Industrias Creativas y la persona titular del Departamento de Soluciones
Constructivas y Turísticas.
Para los casos de ausencia, vacante o enfermedad de las personas titulares que
integran la Comisión de Seguimiento, podrán las mismos delegar su representación en
otras personas miembros de la propia Comisión. Igualmente, por acuerdo de la persona

cve: BOE-A-2025-2766
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Comisión de Seguimiento.