Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2658)
Resolución de 6 de febrero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Fundación Piel Sana de la Academia Española de Dermatología y Venereología, para el desarrollo del programa de formación en cuidados de la piel y prevención de infecciones de transmisión sexual de intervención con internos en centros penitenciarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19511

– Gestionar, respaldar y potenciar las medidas más convenientes para el desarrollo
de la Dermatología y Venereología en aquellas instituciones que puedan tener o tengan
alguna relación con la misma.
– Colaborar con otras asociaciones científico-médicas, autonómicas, nacionales y
extranjeras para lograr una mayor difusión de la Dermatología y Venereología.
– Fomentar la creación de Servicios, secciones y Unidades de Dermatología y
Venereología, dedicadas al diagnóstico y tratamiento de las enfermedades de la piel en
los ámbitos hospitalario y extra hospitalario, y tanto en la Sanidad pública como privada.
Sexto.
Que la FPS está en disposición de ofrecer un programa que favorezca el desarrollo
de la salud de los internos en los centros penitenciarios.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la FPS para el desarrollo del
Programa «Formación en cuidados de la piel y prevención de infecciones de transmisión
sexual» (en adelante, Programa), de Intervención con internos e internas en centros
penitenciarios.

1. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, pondrá a disposición de la Fundación la infraestructura y equipamientos
físicos necesarios para el desarrollo de las actuaciones objeto del presente convenio, así
como el personal necesario para la coordinación, seguimiento y correcto funcionamiento
de las actualizaciones previstas en el mismo.
2. Asumirá la organización de las actividades que vayan a desarrollarse con la FPS
en el marco del presente convenio.
3. Seleccionará, a través de los centros penitenciarios, a los internos e internas que
han de participar en las acciones objeto del presente convenio.
4. Facilitará los cauces de relación y de información que se requieran para la
realización del Programa en los centros penitenciarios, promoviendo su ejecución. En
concreto, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se compromete a que los
centros penitenciarios donde se ha de llevar a cabo la intervención, diseñe
conjuntamente con la FPS las concretas actividades a desarrollar; realicen las labores de
verificación, supervisión y gestión pertinentes para el correcto desarrollo de las
actividades ofertadas, así como su régimen de funcionamiento y normas de uso; y
faciliten el desarrollo de las actividades y la disponibilidad de recursos e instalaciones
con que cuenta el centro penitenciario, de manera ordinaria, para facilitar el desarrollo de
las mismas.
5. Concederá las acreditaciones de las personas físicas que lleven a cabo su
actividad dentro del centro penitenciario, que estarán a su vez obligadas a portarlas en
lugar visible en todo momento.

cve: BOE-A-2025-2658
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Compromisos que asume la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.