Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2025-2668)
Resolución de 5 de febrero de 2025, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la tercera Adenda al Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Ciudad de Melilla, para establecer las líneas de colaboración para la ejecución y posterior cesión del uso, explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento de la Ciudad de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19622

europeos) del capítulo IV (medidas de agilización para la tramitación de los convenios
financiables con fondos europeos) del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por cuanto antecede, las partes, de conformidad con el artículo 49 g) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, en relación con lo
dispuesto en la cláusula undécima del convenio, acuerdan por unanimidad la
modificación del contenido del convenio, mediante la suscripción de la presente adenda,
de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
La presente adenda tiene por objeto:
a) Adaptar la financiación prevista en el convenio al ritmo de ejecución de las
actuaciones y prorrogar la vigencia del mismo.
b) Actualizar los importes presupuestados en algunas de las actuaciones
programadas para adecuarlas a la situación actual.
c) Facultar a la Comisión de Seguimiento para aprobar los reajustes de anualidades
siempre y cuando no supongan una alteración (al alza o a la baja) del importe de los
compromisos económicos globales, ni del plazo de duración del convenio.
Segunda.
Se modifica el primer párrafo de la cláusula tercera del convenio, relativa a la
«Financiación relativa a la ejecución de las obras», al que se le da una nueva redacción
con el siguiente tenor:
«Los proyectos, dirección y ejecución de las obras de infraestructuras
enumeradas en esta cláusula (línea eléctrica, ampliación de la desalinizadora,
mejora del abastecimiento fase II partes 1 y 2 y automatización de dicha red),
suponen una inversión total de 39.919.404,47 euros incluyendo 10 % de Impuesto
sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) y comprenderá todos
aquellos gastos necesarios para su correcta ejecución, incluyendo asistencias
técnicas, direcciones de obra, ejecución de las mismas, así como el coste final a
que asciendan las expropiaciones se financiarán de acuerdo con el siguiente
esquema…».
Tercera.
Se modifica el punto primero de la cláusula tercera del convenio, relativa a la
«Financiación relativa a la ejecución de las obras», al que se le da una nueva redacción
con el siguiente tenor:

Presupuesto estimado de la obra: dos millones ochocientos ochenta y seis mil
doscientos noventa y ocho euros con cuarenta céntimos (2.886.298,40 €).
Presupuesto estimado de la Asistencia Técnica a la Dirección de Obra:
ochenta y nueve mil setecientos veintiséis euros (89.726 €).
Presupuesto total inversión: dos millones novecientos setenta y seis mil
veinticuatro euros con cuarenta céntimos (2.976.024,40 €).

cve: BOE-A-2025-2668
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«1. "Nueva línea eléctrica para el suministro de energía a las instalaciones
de abastecimiento de la Ciudad Autónoma de Melilla".