Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. I. Disposiciones generales. Plan Estadístico Nacional. (BOE-A-2025-2578)
Real Decreto 72/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Programa anual 2025 del Plan Estadístico Nacional 2025-2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. I. Pág. 19008

Proceso, depuración y elaboración de estadísticas.
Publicación en internet.
Créditos presupuestarios necesarios para su financiación en el año 2025: 38,22
miles de euros previstos en el Presupuesto del MECM.
Sector o tema: Precios
9371

Índice de Precios de Consumo (IPC)

Organismos que intervienen: INE, AEAT.
Trabajos que se van a ejecutar en el año 2025:
Actualización de la estructura de ponderaciones. Utilización de la Contabilidad
Nacional como fuente principal de información para la obtención de la estructura de
ponderaciones, complementada con la Encuesta de Presupuestos Familiares.
Revisión del contenido de la cesta de la compra.
Revisión de la metodología de cálculo.
Implantación de la recogida de la información mediante dispositivos electrónicos.
Recogida mensual de datos.
Depuración y tratamiento mensual de la información.
Obtención y difusión mensual del índice, de acuerdo con el «Calendario de difusión
de las estadísticas coyunturales del INE, 2025».
Obtención del indicador adelantado del IPC mensualmente, antes de finalizar el mes
de referencia de los datos.
Trabajos preparatorios para establecer la nueva base en el año 2025.
Créditos presupuestarios necesarios para su financiación en el año 2025:
7.840,84 miles de euros previstos en el Presupuesto del INE.
9372

Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA)

Organismos que intervienen: INE, AEAT, Eurostat.

Actualización de la estructura de ponderaciones. Utilización de la Contabilidad
Nacional como fuente principal de información para la obtención de la estructura de
ponderaciones, complementada con la Encuesta de Presupuestos Familiares.
Revisión del contenido de la cesta de la compra.
Revisión de la metodología de cálculo.
Adaptación a los distintos reglamentos que se vayan aprobando.
Obtención mensual del índice, de acuerdo con el «Calendario de difusión de las
estadísticas coyunturales del INE, 2025».
Obtención del Indicador adelantado del IPCA mensualmente, antes de finalizar el
mes de referencia de los datos.
Envío mensual a Eurostat de los resultados del IPCA, así como el de su indicador
adelantado.
Trabajos preparatorios para establecer la nueva base en el año 2025.
Eurostat publica la información relativa al IPCA de cada Estado miembro de la UE y
calcula agrupaciones para la Unión Monetaria (UM) del indicador adelantado, y de la UM
y la UE para el IPCA.
Créditos presupuestarios necesarios para su financiación en el año 2025: 20,27
miles de euros previstos en el Presupuesto del INE.

cve: BOE-A-2025-2578
Verificable en https://www.boe.es

Trabajos que se van a ejecutar en el año 2025: