Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Productos petrolíferos. Operadores. (BOE-A-2025-2674)
Orden TED/136/2025, de 7 de febrero, por la que se inhabilita para ejercer la actividad de operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos a Vertix Petroleum, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19652

Cuarto.
La presente orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», en virtud de lo recogido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto.
Lo establecido en esta orden se entenderá sin perjuicio de las sanciones que puedan
derivarse de acuerdo con lo dispuesto en el título VI de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.
La presente orden pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Contra la misma podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación
de la presente orden, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. También podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición ante la titular del Ministerio para la
Transición Ecológica en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la
notificación de la presente orden, significándose que, en caso de presentar recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se
resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación
presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la
notificación/publicación o silencio administrativo en el mes de vencimiento de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 30.4 de esta Ley.
Asimismo, se le comunica que al ser el interesado un sujeto obligado a relacionarse
a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, según lo dispuesto
en el artículo 14, apartados 2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberá presentar,
en su caso, el recurso de reposición a través de medios electrónicos.

cve: BOE-A-2025-2674
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 7 de febrero de 2025.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X