Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Productos petrolíferos. Operadores. (BOE-A-2025-2673)
Orden TED/135/2025, de 7 de febrero, por la que se inhabilita para ejercer la actividad de operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos a Omega Fuels, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Miércoles 12 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 19647

III
La mencionada Resolución, de la Secretaría de Estado de Energía, de 31 de mayo
de 2024 expide en favor de Omega Fuels, SL, la cantidad de 27.321 certificados
definitivos de biocarburantes y 1.285 certificados de biocarburantes avanzados, la
totalidad de los certificados solicitados, presentando así un déficit de 17.645 certificados
definitivos de biocarburantes sobre su obligación global.
Tras la notificación a la empresa Omega Fuels, SL, el 10 de junio de 2024 sobre la
aprobación de la anterior resolución, se determina una deuda de la compañía al fondo de
pagos compensatorios asociada al ejercicio 2023 de 28.637.835 euros (veintiocho
millones seiscientos treinta y siete mil ochocientos treinta y cinco euros) en concepto de
pago compensatorio, por el déficit de certificados en su obligación global que debía ser
abonado con anterioridad al 1 de julio de 2024. A la fecha de este acto, la empresa
Omega Fuels, SL, no ha realizado pago alguno al fondo de pagos compensatorio,
considerando que ha incumplido sus obligaciones relacionadas con el logro de los
objetivos anuales de contenido mínimo de biocarburantes y otros combustibles
renovables, de conformidad con el apartado 3 del citado artículo 11 de la Orden
ITC/2877/2008, de 9 de octubre, y, en consecuencia, incurriendo en una infracción muy
grave de acuerdo con el apartado 1. aa) del artículo 109 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, no quedando exento de la responsabilidad que se deriva de la infracción.

Por último, en virtud del artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el 15 de
noviembre de 2024 se adoptó el Acuerdo de la Dirección General de Política Energética
y Minas por el que se inicia el procedimiento de inhabilitación para ejercer la actividad de
operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos a la empresa Omega
Fuels, SL, cumpliendo con la previsión sobre las medidas provisionales que deberán ser
confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento,
que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes a su adopción, el cual podrá
ser objeto del recurso que proceda.
Tras la notificación llevada a cabo a través de medios electrónicos también en
fecha 15 de noviembre de 2024, habiendo sido rechazada en virtud de lo establecido en
el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y transcurrido el plazo de 10 días
otorgado a la empresa para formular alegaciones sin que se haya recibido respuesta,
procede resolver la inhabilitación de la empresa Omega Fuels, SL, de conformidad con el
artículo 42 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre.
En consecuencia, la resolución de esta actuación no ha sufrido variaciones respecto
al acuerdo de la Dirección General de Política Energética y Minas por el que se inicia el
procedimiento de inhabilitación para ejercer la actividad de operador al por mayor de
carburantes y combustibles petrolíferos a la empresa Omega Fuels, SL, dándose por
realizada la audiencia al interesado.
Asimismo, se ha emitido informe favorable la Abogacía del Estado con fecha 24 de
enero de 2025 con N/Exp: 25/2025, cuyas observaciones han sido consideradas en la
elaboración de esta orden.
Teniendo en cuenta lo expuesto, en uso de la potestad que el artículo 42, apartado 3
de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, confiere a la titular del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, resuelvo:
Primero.
Declarar la inhabilitación de la empresa Omega Fuels, SL, para ejercer la actividad
de operador al por mayor de productos petrolíferos como consecuencia del
incumplimiento de las obligaciones establecidas para el logro de los objetivos anuales de
biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

cve: BOE-A-2025-2673
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IV