Comunidad Autónoma de CanariasV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Denominaciones de origen. (BOE-B-2025-4641)
Resolución de la Dirección General de Energía del Gobierno de Canarias por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las actividades "Proyecto subestación El Palmar, proyecto de industria para la construcción de la nueva subestación El Palmar, sita en el término municipal de San Sebastián de La Gomera, isla de La Gomera" y "Reforma del proyecto de nuevas líneas subterráneas de media tensión 20 kV para unificación de la nueva subestación con la central ‘C_El Palmar’, sito en El Palmar, Barranco La Concepción, en el término municipal de San Sebastián de La Gomera, isla de La Gomera". Expedientes MT202300113 y MT202300090.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de febrero de 2025

Sec. V-B. Pág. 7044

general de las instalaciones proyectadas, son trasladadas al Cabildo de La
Gomera, con fecha 7 de mayo de 2024 y al Ayuntamiento de San Sebastián de la
Gomera en fecha 6 de mayo de 2024, concediéndoles un plazo de un mes, de
conformidad con el artículo 6-bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de
Regulación del Sector Eléctrico Canario, a los efectos de que informen sobre la
conformidad o disconformidad del proyecto con el planeamiento territorial o
urbanístico en vigor, haciéndoles saber que transcurrido dicho plazo se entenderá
evacuado el trámite y se continuará el procedimiento, no habiéndose recibido
respuesta a la misma.
8.º - Evaluación Ambiental.
De conformidad con el artículo 8.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental estará excluida de dicho procedimiento según resolución del
Director de Energía n.º 1534/2024, en fecha 20 de noviembre de 2024.
9.º - Desafectación y afectación.
Existe una franja de terreno que había sido afectada anteriormente por el
procedimiento tramitado para la construcción de la subestación eléctrica de El
Palmar en la Gomera de 66 kV, expedientes SE-2021/001 y SE-2021/002,
resultando esta ocupación viable y compatible técnicamente con el mismo.
Durante el periodo de información pública se incluyó la parcela con referencia
catastral (1286301BS8018N0000YZ), informándose que respecto a esta parcela se
está tramitando un procedimiento de desafectación y afectación simultánea a la
nueva finalidad de utilidad pública.
Se ha comunicado en fecha 7 de junio de 2024 por parte de REE la viabilidad y
compatibilidad técnica de la ocupación por parte del proyecto de EDRD de una
franja de terreno previamente expropiado por REE para la Subestación, así como
escrito al mismo de conformidad en fecha 14 de junio de 2024 por parte de EDRD.
Se trata en concreto de:
- Ocupación pleno dominio subestación: 364 m².
- Ocupación servidumbre de acceso: 125 m².
- Ocupación temporal subestación: 1.050 m², de los cuales 752 m²
corresponden a los titulares particulares y 298 m² a la parte de REE.
- Ocupación temporal acceso: 92 m², estando en la parte de REE.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I.- La ejecución de las instalaciones contempladas en el expediente de
referencia requiere de autorización administrativa de acuerdo con lo establecido en
el artículo 6 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos
administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones
eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y
en el resto de normativa vigente, en particular la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector
Eléctrico Canario, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1955/
2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades del transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por

cve: BOE-B-2025-4641
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Núm. 35