Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2025-2465)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18173
EXPONEN
Primero.
La Directora General de Tributos y Ordenación del Juego de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha y el Director General del Catastro firmaron el 17
de febrero de 2021 un convenio para el intercambio de información sobre el mercado
inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas al valor de referencia. Este
convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 24 de febrero de 2021.
Segundo.
La cláusula séptima del mencionado convenio establece que «El presente convenio
se perfecciona el día de su firma y será publicado en el “Boletín Oficial del Estado” e
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015.
De acuerdo con el artículo 49.h) de la mencionada ley, la vigencia inicial del convenio
será de 4 años desde la fecha de publicación del mismo en el “Boletín Oficial del
Estado”, pudiéndose acordar su prórroga por un periodo máximo de cuatro años en
cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia».
Tercero.
El convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por ello
es de interés continuar con el desarrollo del mismo.
Cuarto.
Antes de la finalización de su vigencia, las partes mediante la presente adenda
manifiestan su común voluntad de prorrogar la vigencia del convenio suscrito en 2021.
Quinto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda ha informado favorablemente la
formalización de la presente adenda en fecha 5 de diciembre de 2024.
Sexto.
De conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se
aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, se han emitido los
correspondientes informes del Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos, de fecha 12 de diciembre de 2024, y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial. Secretaría de
Estado de Política Territorial) del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática,
de fecha 16 de diciembre de 2024.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda ha autorizado en fecha 18
de diciembre de 2024 la suscripción de la presente adenda, de conformidad con la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
cve: BOE-A-2025-2465
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18173
EXPONEN
Primero.
La Directora General de Tributos y Ordenación del Juego de la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha y el Director General del Catastro firmaron el 17
de febrero de 2021 un convenio para el intercambio de información sobre el mercado
inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas al valor de referencia. Este
convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 24 de febrero de 2021.
Segundo.
La cláusula séptima del mencionado convenio establece que «El presente convenio
se perfecciona el día de su firma y será publicado en el “Boletín Oficial del Estado” e
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015.
De acuerdo con el artículo 49.h) de la mencionada ley, la vigencia inicial del convenio
será de 4 años desde la fecha de publicación del mismo en el “Boletín Oficial del
Estado”, pudiéndose acordar su prórroga por un periodo máximo de cuatro años en
cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia».
Tercero.
El convenio se ha venido desarrollando a plena satisfacción de las partes y por ello
es de interés continuar con el desarrollo del mismo.
Cuarto.
Antes de la finalización de su vigencia, las partes mediante la presente adenda
manifiestan su común voluntad de prorrogar la vigencia del convenio suscrito en 2021.
Quinto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda ha informado favorablemente la
formalización de la presente adenda en fecha 5 de diciembre de 2024.
Sexto.
De conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se
publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se
aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, se han emitido los
correspondientes informes del Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y
Gastos, de fecha 12 de diciembre de 2024, y de la Dirección General de Cooperación
Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial. Secretaría de
Estado de Política Territorial) del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática,
de fecha 16 de diciembre de 2024.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda ha autorizado en fecha 18
de diciembre de 2024 la suscripción de la presente adenda, de conformidad con la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
cve: BOE-A-2025-2465
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.