Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-2464)
Resolución de 31 de enero de 2025, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Lunes 10 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 18166

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad no obtuviese
plaza por dicho cupo y su puntuación final fuese superior a la obtenida por otras
personas aspirantes del cupo de acceso general, será incluida por su orden de
puntuación en el cupo de acceso general.
En caso de empate en la puntuación final, a efectos de determinar las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación
individual en el global de la fase de oposición. Si persistiese el empate, se resolverá
atendiendo a la mayor calificación individual obtenida en cada uno de los ejercicios
según el siguiente orden de prioridad: primer ejercicio y segundo ejercicio. Si a pesar de
esto se mantuviese el empate, este se dirimirá por orden alfabético comenzando por la
letra indicada en la base 6.2.
7.

Relación de personas seleccionadas

7.1 Concluidas las fases de oposición y concurso, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso a las plazas
convocadas por orden de puntuación alcanzada. En la citada relación se expresará la
puntuación obtenida en la fase de oposición, desglosándola en las calificaciones
obtenidas en cada uno de los ejercicios, y en la fase de concurso. Dichas relaciones
serán elevadas al Rector de la Universidad de Granada como propuesta del Tribunal
Calificador a efectos de lo previsto en la base 8 de esta convocatoria. El número de
personas que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de plazas
convocadas siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario.
7.2 Asimismo, al objeto de poder realizar nombramientos de personal funcionario
interino, si así lo requieren las necesidades de la Universidad en sus centros y servicios
de Granada, Ceuta y Melilla, se podrá crear la correspondiente bolsa para el
nombramiento de personal funcionario interino.
8.

Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario

a) Original y fotocopia para su compulsa de la titulación académica exigida en la
base 2.1.e) de la convocatoria, solo en el caso de que en la solicitud de admisión se
haya manifestado la oposición a la consulta que de esos datos pueda realizar la
Universidad de Granada.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial para el acceso a Cuerpos o Escalas de personal funcionario, según
modelo que se facilitará en el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de
Administración y Servicios de la Universidad de Granada.
8.2 Respecto al requisito de poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas, el Servicio de Salud y Prevención de la Universidad de Granada emitirá
certificado médico acreditativo de no tener enfermedad ni defecto físico que imposibiliten
para el servicio. Para ello, las personas seleccionadas serán debidamente citadas.
8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado 7.1, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

cve: BOE-A-2025-2464
Verificable en https://www.boe.es

8.1 En el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el sitio web del
Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la
Universidad de Granada (http://serviciopas.ugr.es/) de las relaciones de personas que
han superado el proceso selectivo a que se refiere la base anterior, quienes figuren en
las mismas, deberán presentar en dicho Servicio, los siguientes documentos: