Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2491)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Novartis Farmacéutica, SA, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18445
II. El estudiante elaborará y entregará al tutor académico de la UIMP una memoria
final en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos:
– Datos personales del estudiante.
– Entidad colaboradora en la que ha realizado las prácticas y lugar de ubicación.
– Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado.
– Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
– Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su
resolución.
– Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto
las prácticas.
– Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
III. El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de Novartis
Farmacéutica, SA, y de la memoria final presentada por el estudiante, evaluará las
prácticas cumplimentando el correspondiente informe de valoración.
IV. La UIMP emitirá, a solicitud del estudiante, y a la vista del informe de valoración
de su tutor, un documento acreditativo de las mismas, que contendrá al menos los
siguientes aspectos:
–
–
–
–
–
Titular del documento.
Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
Actividades realizadas.
Aquellos otros que la UIMP considere convenientes.
Décima.
Bolsa o ayuda al estudio.
En concepto de bolsa o ayuda al estudio, Novartis Farmacéutica, SA, podrá, si lo
considera oportuno, conceder a cada alumno participante en el programa una cantidad
mensual que dependerá del curso académico del alumno, de su dedicación horaria y del
tiempo de duración de la práctica. El importe, si lo hubiera, se recogerá en el anexo de
formalización de la práctica.
Gastos de gestión del programa de prácticas por la UIMP.
La UIMP renuncia a percibir de Novartis Farmacéutica, SA, cantidad alguna en
concepto de gastos de gestión de las prácticas cuando éstas sean curriculares y
realización de proyectos.
Para el caso de prácticas académicas externas extracurriculares Novartis
Farmacéutica, SA, abonará a la UIMP la cantidad de cuarenta euros (40 €) –IVA exento–
por cada práctica –o ampliación de prácticas– que se realice al amparo de este
convenio, en concepto de gastos de gestión de dichas prácticas. Este importe no podrá
ser en ningún caso a cargo de las partidas o créditos destinados a becas o a ayudas.
Para cada uno de los anexos firmados, el pago señalado en el párrafo anterior se
hará de una sola vez en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la factura que
emita la UIMP a la firma del anexo de formalización. La cantidad se transferirá a la
cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, agencia de Madrid.
No procederá la devolución del importe cobrado por gestión del programa de
prácticas, ni total ni parcialmente, en caso de anulación parcial o total de una práctica
según lo establecido en la cláusula duodécima.
cve: BOE-A-2025-2491
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 35
Lunes 10 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 18445
II. El estudiante elaborará y entregará al tutor académico de la UIMP una memoria
final en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos:
– Datos personales del estudiante.
– Entidad colaboradora en la que ha realizado las prácticas y lugar de ubicación.
– Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado.
– Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
– Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su
resolución.
– Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto
las prácticas.
– Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
III. El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de Novartis
Farmacéutica, SA, y de la memoria final presentada por el estudiante, evaluará las
prácticas cumplimentando el correspondiente informe de valoración.
IV. La UIMP emitirá, a solicitud del estudiante, y a la vista del informe de valoración
de su tutor, un documento acreditativo de las mismas, que contendrá al menos los
siguientes aspectos:
–
–
–
–
–
Titular del documento.
Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
Actividades realizadas.
Aquellos otros que la UIMP considere convenientes.
Décima.
Bolsa o ayuda al estudio.
En concepto de bolsa o ayuda al estudio, Novartis Farmacéutica, SA, podrá, si lo
considera oportuno, conceder a cada alumno participante en el programa una cantidad
mensual que dependerá del curso académico del alumno, de su dedicación horaria y del
tiempo de duración de la práctica. El importe, si lo hubiera, se recogerá en el anexo de
formalización de la práctica.
Gastos de gestión del programa de prácticas por la UIMP.
La UIMP renuncia a percibir de Novartis Farmacéutica, SA, cantidad alguna en
concepto de gastos de gestión de las prácticas cuando éstas sean curriculares y
realización de proyectos.
Para el caso de prácticas académicas externas extracurriculares Novartis
Farmacéutica, SA, abonará a la UIMP la cantidad de cuarenta euros (40 €) –IVA exento–
por cada práctica –o ampliación de prácticas– que se realice al amparo de este
convenio, en concepto de gastos de gestión de dichas prácticas. Este importe no podrá
ser en ningún caso a cargo de las partidas o créditos destinados a becas o a ayudas.
Para cada uno de los anexos firmados, el pago señalado en el párrafo anterior se
hará de una sola vez en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la factura que
emita la UIMP a la firma del anexo de formalización. La cantidad se transferirá a la
cuenta n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad
Internacional Menéndez Pelayo en el Banco de España, agencia de Madrid.
No procederá la devolución del importe cobrado por gestión del programa de
prácticas, ni total ni parcialmente, en caso de anulación parcial o total de una práctica
según lo establecido en la cláusula duodécima.
cve: BOE-A-2025-2491
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.