Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-2476)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Actuaciones de control de la especie exótica invasora Nenúfar Mejicano ("Nymphaea Mexicana") en la cuenca del Guadiana».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 18283

En cuanto a la construcción de las compuertas en los azudes indicados, permitirá
regular los niveles de llenado y el desarrollo de los trabajos, no obstante, los proyectos
constructivos de ambas compuertas no se recogen en el proyecto actual. En cualquier
caso, una vez construidas, está prevista su apertura anual para la movilización de
sedimentos, en principio diseñadas para caudales de 60 m3/s, aunque su apertura está
prevista para cuando se produzcan fuertes avenidas que faciliten la movilidad de los
sedimentos.
Por otro lado, señala que la Confederación del Guadiana ya está desarrollando
estudios para la mejora de las distintas escalas presentes en los dos azudes, atendiendo
a los criterios y directrices establecidas por ese Organismo, como la demolición de la
escala situada en la margen derecha del azud de la Granadilla, así como trabajos de
reparación de la escala telescópica situada en la parte central del mismo azud. En
cuanto al azud de la Pesquera, se contempla la construcción de una nueva escala que
permitirá el paso de un mayor número de especies piscícolas y favorecerá incluso el
paso de peces de tallas pequeñas y menor potencia de salto.
En cuanto a la alegación de los despesques, el EsIA ya recoge una medida al
respecto y añade que previamente a su realización, se coordinará con ese organismo,
para disponer las pertinentes autorizaciones, indicando las condiciones de captura,
calendario, número de ejemplares, lugares de captura, lugares de suelta etc.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que
la retirada de nenúfar mejicano conllevará la extracción de otras especies que se
encuentran en el mismo hábitat, algunas de ellas también incluidas en el CEEI, como la
almeja asiática (Corbicularia fluminea) o el pez chino (Pseudorasbora parva) pero otras,
como el pez fraile (Salaria fluviatilis) «en peligro» en el CREA. Por ello, deberá incluirse
en el PVA la necesidad de una vigilancia continua durante las operaciones de extracción
y acopio y el registro de todas las especies que se vayan encontrando y la gestión
consiguiente. Plantea incluir en el proyecto, la reducción del resto de las especies
exóticas invasoras de la zona mediante el desarrollo de un programa detallado y
coordinado. Finalmente, informa que los caminos de acceso de la zona norte y la primera
zona de acopio, en los primeros tramos de la actuación, se encuentran muy cercanos a
dormideros de ardeidas, por lo que deberían realizarse estudios previos para adaptar
el PVA.
El promotor indica que el PVA incluye visitas periódicas a las zonas de trabajo y se
confeccionará un check-list de seguimiento. Cualquier anomalía encontrada en las
inspecciones será resuelta a través de la inclusión de nuevas medidas correctoras o la
modificación para subsanar las propuestas, con el objeto de que sean completamente
eficaces. Asimismo, se redactará un informe de seguimiento ambiental con una
periodicidad mensual, al objeto de incluir la descripción y/o evaluación de los siguientes
elementos. El registro contará e incorporará todas las recomendaciones incluidas en la
presente alegación, incorporando además información sobre la climatología y el estado
de las especies halladas. Los trabajadores serán especialistas y contarán con
información y formación perfectamente actualizada para el desarrollo de sus funciones.
En cuanto a las especies exóticas invasoras, los planes para evitar su proliferación
deberían englobarse dentro de un ámbito geográfico mucho más amplio que el suscrito a
las presentes actuaciones. Cualquier medida en este sentido dentro del ámbito concreto
del proyecto, tendría poco calado y seria imperceptible si no se comprende dentro de un
plan global a desarrollar por otra Administración.
La posible afección sobre los dormideros de ardeidas ha sido un criterio considerado
a la hora de elegir la ubicación de los acopios. Si durante las obras, se detectase algún
otro dormidero o nido de especie, se detendrían temporalmente las obras y se notificaría
a los organismos pertinentes. Además, para la planificación de las actuaciones se
tendrán en cuenta los calendarios de reproducción de todas las especies sensibles al
proyecto al objeto de que las actuaciones se adecuen a los períodos más críticos.

cve: BOE-A-2025-2476
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Núm. 35