Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-2479)
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Energía Inagotable del Proyecto Lera, SLU, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del parque eólico Lera, de 42 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Teruel.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Lunes 10 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 18318

Plenas, Lécera, Escatrón, Caspe, y Maella (provincia de Zaragoza), Lanzuela, Cucalón,
Bádenas, Loscos, Blesa, Muniesa, Albalate del Arzobispo, Urrea de Gaen, Híjar, Samper
de Calanda y Alcañiz (provincia de Teruel), L’Albiol, Alcover, L’Aeixar, Alforja, Almoster,
L’Arboç, Ascó, Batea, Bisbal del Penedès, Bràfim, Corbera D’Ebre, Duesaigües, Falset,
La Fatallera, Gandesa, Garcia, Llorenç del Penedès, Masllorenç, El Masroig, El Milà,
Montferri, Móra D’Ebre, Nulles, Pradell de la Teixeta, Puigpelat, Riudecols, Rodonyà,
Sant Jaume del Domenys, La Selva del Camp, Vallmoll, Valls, y Vilabella (provincia de
Tarragona), Castellet i la Gornal, Santa Margarida i els Monjos, Olèrdola, Sant Cugat
Sesgarrigues, Avinyonet del Penedès, Olesa de Bonesvalls, Vallirana y Begues
(provincia de Barcelona), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 183, de 2 de
agosto de 2023, si bien no cuentan con autorización administrativa de construcción.
Con fecha 23 de enero de 2025, la Dirección General de Política Energética y Minas
resolvió desestimar la solicitud de Energía Inagotable del Proyecto Jaime I, SLU, de
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del
parque solar fotovoltaico Jaime I, de 38,2 MW de potencia instalada, y de su
infraestructura de evacuación, en diversos términos municipales de las provincias de
Zaragoza, Teruel, Tarragona y Barcelona, acordando el archivo del expediente PFot-539.
Por consiguiente, las anteriores infraestructuras de evacuación, necesarias para la
conexión parque eólico San Vicente con la red de transporte y, por lo tanto, para la
evacuación de la energía eléctrica generada en la planta, no disponen de la preceptiva
autorización administrativa de construcción.
Quinto.

Requerimiento practicado.

Sexto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto de parque eólico Lera y sus infraestructuras de evacuación obtuvo
permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la emisión de Informe de
Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones
Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de
Conexión (IVCTC) en la subestación Begues 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de
España, SAU.

cve: BOE-A-2025-2479
Verificable en https://www.boe.es

Finalizados los trámites de información pública y consultas y previo a otorgar el
preceptivo trámite de audiencia al interesado con la propuesta de resolución de
autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de
construcción, con fecha 9 de octubre de 2024, la Subdirección General de
Infraestructuras e Integración del Sistema Energético emitió requerimiento a Energía
Inagotable del Proyecto Lera, SLU, sobre el cumplimiento de todos los requisitos
impuestos en la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de 14 de abril de 2023.
Además, dicho requerimiento incluye otras cuestiones del trámite sustantivo en el marco
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, indicando que, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector Eléctrico,
que establece que «formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras
de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en
su caso, la transformación de energía eléctrica», el expediente del parque eólico Lera no
podrá obtener autorización administrativa de construcción en tanto el expediente
PFot-539, Jaime I, no haya obtenido la correspondiente autorización administrativa de
construcción, emitida mediante Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas.
Con fecha 11 de octubre de 2024, Energía Inagotable del Proyecto Lera, SLU
registra respuesta al citado requerimiento, en el que aporta parcialmente lo requerido
tanto en la parte ambiental como en la parte sustantiva, no aportando la preceptiva
autorización administrativa de construcción del parque solar fotovoltaico Jaime I, de 38,2
MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en diversos términos
municipales de las provincias de Zaragoza, Teruel, Tarragona y Barcelona.