Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-2435)
Orden PJC/121/2025, de 28 de enero, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Lunes 10 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 17973

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2435

Orden PJC/121/2025, de 28 de enero, por la que se convoca concurso
específico para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados
de la Administración de Justicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Real
Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico
del Cuerpo de Secretarios Judiciales, se anuncia a concurso específico de méritos para
la provisión, de las plazas de puestos singularizados que en anexo I se relacionan, de
acuerdo con las siguientes
Bases
Primera. Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso específico de
méritos, de puestos de trabajo singularizados comprendidos en la relación de puestos de
trabajo de la Mutualidad General Judicial, aprobada por Orden JUS/1038/2020, de 23 de
octubre (BOE de 6 de noviembre de 2020).
Requisitos y condiciones de participación.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por el personal
funcionario perteneciente al Cuerpo Letrados de la Administración de Justicia de la
categoría primera y segunda, que reúnan las condiciones generales exigidas y los
requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de
presentación de las solicitudes de participación manteniéndolas hasta la resolución
definitiva del concurso.
La participación en este concurso de los letrados que estén desempeñando puestos
de libre designación tendrá la consideración de renuncia a los mismos, condicionada a la
concesión de los puestos solicitados, y exige que se haya desempeñado aquellos
puestos de trabajo durante dos años desde la fecha de la orden en la que les fueron
adjudicados.
Las Secretarias y los Secretarios de Gobierno y las Secretarias y los Secretarios
Coordinadores Provinciales nombrados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley
Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, pueden concursar para obtener plaza en este concurso en los
términos establecidos en la disposición transitoria cuarta de la citada Ley
Orgánica 7/2015.
No podrán tomar parte en el concurso:
a) Quienes se hallaren en situación firme de suspensión, mientras dure ésta.
b) Quienes se encontraren en situación de excedencia voluntaria por interés
particular, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.
c) Quienes se encontraren sancionados con traslado forzoso fuera del municipio de
destino hasta que transcurran los plazos de uno o tres años a los que se refiere el
artículo 538 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

cve: BOE-A-2025-2435
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Segunda.