Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2025-2388)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Universidad de Valladolid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Sábado 8 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17776

Segundo.
Que la Universidad de Valladolid es una institución de derecho público de las
previstas en el artículo 2.2.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 2.2.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo por
objeto la prestación del servicio público de educación superior a la que le corresponde
las actividades de docencia, estudio y la investigación; tiene personalidad jurídica propia
y plena capacidad pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia
respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que la Universidad de Valladolid, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997,
de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, tiene
actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 27 de enero de 2023,
con la Abogacía General del Estado.
Cuarto.
Que, al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
a la Universidad de Valladolid, ambas partes consideran conveniente la designación por
el Abogado General del Estado de uno o más Abogados del Estado en activo que actúen
como coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «convenio tipo», de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.
Sexto.
Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

De conformidad con lo establecido en la citada Ley 52/1997, de 27 de noviembre,
de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 1057/2024,
de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del
Estado, éste podrá prestar asistencia jurídica a la Universidad de Valladolid, por medio
de los Abogados del Estado integrados en aquél. La asistencia Jurídica comprenderá
tanto el asesoramiento jurídico como la representación y defensa ante cualesquiera
jurisdicciones y órdenes jurisdiccionales en los mismos términos previstos para la
asistencia jurídica a la Administración General del Estado.
La Universidad de Valladolid colaborará con los Abogados del Estado para la mejor
defensa de los intereses en litigio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la
Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas.
La asistencia jurídica a que se refiere este convenio no supondrá relación laboral
entre la Universidad de Valladolid y los Abogados del Estado que le presten esa asistencia.

cve: BOE-A-2025-2388
Verificable en https://www.boe.es

Primera.