Tribunal SupremoIV. Administración de Justicia. Planes de estudios. (BOE-B-2025-4113)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 7 de febrero de 2025
Sec. IV. Pág. 6295
artículos, 33, 47.1.e) y 48.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recurso núm. 3854/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 14, 23.2, 24 y 103.3 de la Constitución en relación con el artículo 35 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Recurso núm. 3876/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 23.3 c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de
la Función Pública; la Disposición Derogatoria Única b), la Disposición Final 4.3 y
el artículo 40.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así
como el artículo 15.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.0
Recurso núm. 4127/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 35 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común,
y los artículos 9.3 y 14, 23.2, 103 CE.
Recurso núm. 4533/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: El
artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos
sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; el
artículo 6 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el
Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/
2004, de 20 de febrero; los artículos 2 y 2 del Reglamento (UE) nº 1024/2013 del
Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo
tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial
de las entidades de crédito; y, los artículos 2, 3 y 4 del Reglamento (UE) n ° 468/
2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el
marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco
Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades
nacionales designadas (Reglamento Marco del MUS) (BCE/2014/17).
Recurso núm. 4733/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
apartado 1.d) de la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto-ley 5/2021, de
12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en
respuesta a la pandemia de la COVID-19, y el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Recurso núm. 5268/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 37.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con el artículo 92 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Recursos admitidos por autos de fecha 18 de septiembre de 2024
Recurso núm. 8504/2021, 7514/2023, 8108/2023.- Normas que serán objeto de
interpretación: los artículos 14 y 15 de la Directiva 2003/96/CE, y el artículo 51.2.c)
de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 15/2012,
de 27 de diciembre.
Recurso núm. 8532/2022, 8534/2022, 8962/2022, 1089/2023, 2656/2023,
5010/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24 del Real
cve: BOE-B-2025-4113
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 33
Viernes 7 de febrero de 2025
Sec. IV. Pág. 6295
artículos, 33, 47.1.e) y 48.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recurso núm. 3854/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: los
artículos 14, 23.2, 24 y 103.3 de la Constitución en relación con el artículo 35 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Recurso núm. 3876/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 23.3 c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de
la Función Pública; la Disposición Derogatoria Única b), la Disposición Final 4.3 y
el artículo 40.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así
como el artículo 15.3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.0
Recurso núm. 4127/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 35 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común,
y los artículos 9.3 y 14, 23.2, 103 CE.
Recurso núm. 4533/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: El
artículo 7.p) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos
sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio; el
artículo 6 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el
Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/
2004, de 20 de febrero; los artículos 2 y 2 del Reglamento (UE) nº 1024/2013 del
Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo
tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial
de las entidades de crédito; y, los artículos 2, 3 y 4 del Reglamento (UE) n ° 468/
2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el
marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco
Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades
nacionales designadas (Reglamento Marco del MUS) (BCE/2014/17).
Recurso núm. 4733/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
apartado 1.d) de la Disposición Adicional Cuarta del Real Decreto-ley 5/2021, de
12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en
respuesta a la pandemia de la COVID-19, y el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Recurso núm. 5268/2024.- Normas que serán objeto de interpretación: el
artículo 37.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en
relación con el artículo 92 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Recursos admitidos por autos de fecha 18 de septiembre de 2024
Recurso núm. 8504/2021, 7514/2023, 8108/2023.- Normas que serán objeto de
interpretación: los artículos 14 y 15 de la Directiva 2003/96/CE, y el artículo 51.2.c)
de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 15/2012,
de 27 de diciembre.
Recurso núm. 8532/2022, 8534/2022, 8962/2022, 1089/2023, 2656/2023,
5010/2023.- Normas que serán objeto de interpretación: los artículos 24 del Real
cve: BOE-B-2025-4113
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 33