Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Hidrocarburos. Permisos de explotación. (BOE-A-2025-2360)
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza la ejecución del sondeo Viura-3A localizado en la concesión de explotación de hidrocarburos «Viura».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Viernes 7 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17560

ambiental favorable a la realización del proyecto concesión de explotación de
hidrocarburos «Viura», al concluirse que siempre y cuando se autorice la alternativa
seleccionada en el Estudio de Impacto Ambiental, y en las condiciones señaladas en la
propia declaración de impacto ambiental, quedarán adecuadamente protegidos el medio
ambiente y los recursos naturales.
La evaluación de impacto ambiental practicada se refiere, en lo que concierne a esta
autorización, a la perforación de cuatro pozos productores de gas agrupados en los dos
emplazamientos ya existentes (Viura-1 y Viura-3), utilizando técnicas convencionales y
similar operativa que en los dos sondeos ya existentes denominados Viura-1 y
Viura-3ST1. Estos pozos se perforarán con trayectorias inclinadas para conseguir la
separación deseada a cota del techo de yacimiento. Así, el sondeo Viura-3A se ejecutará
desde el emplazamiento Viura-3, según lo previsto en la DIA.
IV
En la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 765/2017,
de 21 de julio, y en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 984/2015, de 30
de octubre, se autoriza la ejecución del sondeo Viura-3A, estableciéndose una serie de
condicionantes adicionales.
Entre estos, destaca el incremento, en cinco millones de euros, del valor del seguro
de responsabilidad civil exigido en el apartado sexto del Real Decreto 765/2017, de 27
de julio, durante el tiempo que dure la ejecución de los trabajos autorizados. Asimismo,
se ha actualizado el importe de la garantía para el cumplimiento de las obligaciones
derivadas de la concesión a que se refiere el apartado séptimo de dicho real decreto.
Igualmente, en relación a la garantía ambiental a que se refiere el apartado décimo de
dicho real decreto, se fija un importe mínimo para la misma de cinco millones de euros.
Además, se exige que un tercero independiente verifique que el sondeo se ha realizado
de acuerdo con los estándares exigibles y que se han realizado las comprobaciones y
pruebas necesarias para garantizar su integridad.
Vistos la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética; la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; la Ley 8/2015, de 21 de
mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de
Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias
en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, y su
normativa de desarrollo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Reglamento de la Ley sobre
investigación y explotación de hidrocarburos de 27 de junio de 1974 aprobado por Real
Decreto 2362/1976, de 30 de julio; y el Real Decreto 765/2017, de 21 de julio, por el que
se otorga la concesión de explotación de yacimientos de hidrocarburos denominada
«Viura», resuelvo:
Primero.

Objeto.

Segundo.

Ejecución de los trabajos.

1. La ejecución del sondeo Viura-3A deberá realizarse según lo expuesto en el
documento «Sondeo de desarrollo Viura-3A. Informe de Implantación», de mayo
de 2024, sin perjuicio de los condicionantes adicionales establecidos en la presente
resolución. No obstante, si durante la perforación es necesario modificar el programa de
perforación, deberán ser informadas la Dirección General de Política Energética y Minas
y el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en La Rioja.

cve: BOE-A-2025-2360
Verificable en https://www.boe.es

Constituye el objeto de esta resolución autorizar a los titulares de la concesión de
explotación «Viura» la ejecución del sondeo Viura-3A, sondeo de desarrollo del plan de
explotación y ubicado en el término municipal de Hornos de Moncalvillo (La Rioja).