Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2282)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara, para la administración y participación en gastos del inmueble de uso compartido en Azuqueca de Henares destinado a oficina integral de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17079
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
2282
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería
General de la Seguridad Social de Guadalajara y la Dirección Provincial del
Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara, para la
administración y participación en gastos del inmueble de uso compartido en
Azuqueca de Henares destinado a oficina integral de la Seguridad Social.
Con fecha 22 de enero de 2025 se ha suscrito el Convenio entre la Dirección
Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara y la Dirección
Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara, para la
administración y participación en gastos del inmueble de uso compartido en la avenida
de Meco, 25 de Azuqueca de Henares, destinado a oficina integral de la Seguridad
Social, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.
Madrid, 30 de enero de 2025.–El Secretario General Técnico de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, Plácido Vázquez García.
ANEXO
Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad
Social de Guadalajara y la Dirección Provincial del Instituto Nacional
de la Seguridad Social de Guadalajara, para la administración y participación
en gastos del inmueble de uso compartido en la avenida de Meco, 25
de Azuqueca de Henares, destinado a oficina integral de la Seguridad Social
Interviene como tal y en la representación que ostenta tiene la capacidad legal
necesaria para suscribir el presente convenio y
EXPONE
Primero.
Que el artículo 12.4 del Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el
Patrimonio de la Seguridad Social contempla la posibilidad de suscribir acuerdos o
cve: BOE-A-2025-2282
Verificable en https://www.boe.es
Don Pedro Urbano Niño, en su condición de Director Provincial Conjunto de la
Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad Social
en Guadalajara según Resolución de 17 de enero de 2019, de la Subsecretaría del
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (BOE de 29 de enero de 2019),
actuando en razón de su cargo y con capacidad legal suficiente para representar a
ambas partes en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, para proceder a la formalización del presente protocolo en virtud de las
competencias que le confieren la Resolución de la Tesorería General de la Seguridad
Social de 23 de julio de 2020 (BOE de 4 de agosto de 2020) sobre delegación de
competencias y la Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 29
de septiembre de 2022 (BOE de 1 de octubre de 2022) sobre delegación de
competencias.
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17079
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
2282
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería
General de la Seguridad Social de Guadalajara y la Dirección Provincial del
Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara, para la
administración y participación en gastos del inmueble de uso compartido en
Azuqueca de Henares destinado a oficina integral de la Seguridad Social.
Con fecha 22 de enero de 2025 se ha suscrito el Convenio entre la Dirección
Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara y la Dirección
Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Guadalajara, para la
administración y participación en gastos del inmueble de uso compartido en la avenida
de Meco, 25 de Azuqueca de Henares, destinado a oficina integral de la Seguridad
Social, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» del citado convenio.
Madrid, 30 de enero de 2025.–El Secretario General Técnico de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones, Plácido Vázquez García.
ANEXO
Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad
Social de Guadalajara y la Dirección Provincial del Instituto Nacional
de la Seguridad Social de Guadalajara, para la administración y participación
en gastos del inmueble de uso compartido en la avenida de Meco, 25
de Azuqueca de Henares, destinado a oficina integral de la Seguridad Social
Interviene como tal y en la representación que ostenta tiene la capacidad legal
necesaria para suscribir el presente convenio y
EXPONE
Primero.
Que el artículo 12.4 del Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el
Patrimonio de la Seguridad Social contempla la posibilidad de suscribir acuerdos o
cve: BOE-A-2025-2282
Verificable en https://www.boe.es
Don Pedro Urbano Niño, en su condición de Director Provincial Conjunto de la
Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad Social
en Guadalajara según Resolución de 17 de enero de 2019, de la Subsecretaría del
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (BOE de 29 de enero de 2019),
actuando en razón de su cargo y con capacidad legal suficiente para representar a
ambas partes en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, para proceder a la formalización del presente protocolo en virtud de las
competencias que le confieren la Resolución de la Tesorería General de la Seguridad
Social de 23 de julio de 2020 (BOE de 4 de agosto de 2020) sobre delegación de
competencias y la Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 29
de septiembre de 2022 (BOE de 1 de octubre de 2022) sobre delegación de
competencias.