Comunitat Valenciana. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-2200)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados por lengua valenciana en los Servicios Comunes Procesales de Asuntos Generales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Jueves 6 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 16621

No podrán participar en el presente concurso los funcionarios de los citados Cuerpos
que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por
agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha
situación; los suspensos en firme, mientras dure la suspensión; y los sancionados con
traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción,
mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave,
respectivamente.
En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de
conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no
regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.
Tercera. Solicitudes.

Cuarta. Fases del concurso y baremos de valoración.
El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera fase se
procederá a la comprobación y valoración de los méritos generales.

cve: BOE-A-2025-2200
Verificable en https://www.boe.es

1. La solicitud para formar parte en este concurso deberá formalizarse según el
modelo que figura en el anexo II de esta convocatoria y presentarse en el plazo de cinco
días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado» (BOE) y el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana»
(DOGV). En el caso de que la publicación de esta convocatoria no se realice
simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la
Generalitat Valenciana» se tendrá en cuenta la fecha de publicación en el «Diario Oficial
de la Generalitat Valenciana» de acuerdo con lo que dispone el artículo 49.5 del
Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del
personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2e) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las administraciones
públicas, las solicitudes deberán presentarse telemáticamente a través del Registro
Electrónico de la Generalitat Valenciana https://sede.gva.es/, tanto el anexo II de solicitud
como el anexo III de méritos alegados se encontrarán disponibles en esta sede del
Registro Electrónico.
2. Durante el plazo de presentación de solicitudes las personas concursantes
podrán modificar la petición de plazas mediante una nueva solicitud que anulará
totalmente la anterior. Transcurrido el plazo de presentación, ya no será posible la
modificación.
3. Con la solicitud se deberá rellenar la declaración de los méritos que se aleguen
que habrán de acreditarse documentalmente mediante las certificaciones, títulos
académicos, cursos, diplomas, publicaciones, estudios, trabajos, conocimientos
profesionales, experiencia o permanencia en puestos cuyo contenido se ajuste a los
méritos específicos requeridos. Asimismo, los participantes podrán marcar en su solicitud
la opción de que sea la propia Dirección General de Justicia y Autogobierno la que
compruebe de oficio su nivel de idioma autonómico.
4. Las solicitudes tendrán carácter vinculante para las personas concursantes. No
obstante, podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como
plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, en
aquellos casos debidamente justificados.