Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-2224)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16666
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
2224
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Española
de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el
Convenio con el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, para la
realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio
entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y el
Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle para la realización de prácticas
académicas externas no remuneradas, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de enero de 2025.–El Director de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.
ANEXO I
Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo y el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle
para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas
De una parte, don Antón Leis García, en nombre y representación de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con
domicilio en Avda. Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid, y NIF Q2812001B, actuando en
calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo
Rector de la AECID en su reunión de 29 de julio de 2021 (BOE núm.185, de 4 de
agosto), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID
mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio,
páginas 65217 a 65219).
Y de otra, don Maximiliano Nogales Morales, Presidente del Centro Superior de
Estudios Universitarios La Salle, en adelante CSEU La Salle, que actúa en nombre y
representación de esta Entidad, con domicilio al efecto del presente convenio en la calle
La Salle, n.º 10, de Madrid y CIF n.º R-7800117-I.
EXPONEN
Primero.
Que la AECID, de conformidad con los artículos 1.1 y 21. 1 del Real
Decreto 1403/2007 de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
cve: BOE-A-2025-2224
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16666
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
2224
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Española
de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el
Convenio con el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, para la
realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y una vez que ha sido inscrito en el
Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio
entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y el
Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle para la realización de prácticas
académicas externas no remuneradas, cuyo texto figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de enero de 2025.–El Director de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, Antón Leis García.
ANEXO I
Convenio entre la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo y el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle
para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas
De una parte, don Antón Leis García, en nombre y representación de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID), con
domicilio en Avda. Reyes Católicos, 4, 28040, Madrid, y NIF Q2812001B, actuando en
calidad de Director de la misma, en virtud del nombramiento acordado por el Consejo
Rector de la AECID en su reunión de 29 de julio de 2021 (BOE núm.185, de 4 de
agosto), y de acuerdo con las competencias delegadas por la Presidencia de la AECID
mediante Resolución de 2 de julio de 2009 (BOE núm. 183, de 30 de julio,
páginas 65217 a 65219).
Y de otra, don Maximiliano Nogales Morales, Presidente del Centro Superior de
Estudios Universitarios La Salle, en adelante CSEU La Salle, que actúa en nombre y
representación de esta Entidad, con domicilio al efecto del presente convenio en la calle
La Salle, n.º 10, de Madrid y CIF n.º R-7800117-I.
EXPONEN
Primero.
Que la AECID, de conformidad con los artículos 1.1 y 21. 1 del Real
Decreto 1403/2007 de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
cve: BOE-A-2025-2224
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,