Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2237)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de León, Sección Segunda, de 24 de julio de 2017, que ha devenido firme.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16797
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2237
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo
dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la
Audiencia Provincial de León, Sección Segunda, de 24 de julio de 2017, que
ha devenido firme.
Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección
General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia
de la Audiencia Provincial de León, Sección Segunda, de fecha 24 de julio de 2017, que
ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 202/2017, seguido ante la Audiencia Provincial de
León, Sección Segunda, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del
Notariado, representada por el abogado del Estado, contra la sentencia, de fecha 20 de
febrero de 2017, dictada en los autos de juicio verbal número 491/2016, seguidos ante el
Juzgado de Primera Instancia número 5 de León, que estimó la demanda presentada por
doña M. E. C. P., procuradora de los tribunales, en nombre y representación de la
mercantil «Ferdybru, S.L.», frente a la Resolución de la Dirección General de los
Registros y del Notariado de fecha 24 de junio de 2016 (2.ª), por la que se desestimaba
el recurso interpuesto por don A. M. G. B., en nombre y representación y como
administrador único de la citada entidad demandante contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de La Vecilla, doña Triana García-Miranda Fernández de
Cañete, por la que se suspendía la inscripción de un mandamiento de cancelación de
cargas derivado de un procedimiento judicial de embargo, fallamos:
«Que desestimando como desestimamos el recurso de apelación planteado por el
Abogado del Estado en la representación y defensa que ostenta de la Dirección General
de los Registros y del Notariado, contra la sentencia de fecha 20 de febrero de 2017,
dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de León, en el Juicio Verbal seguido
con el n.º 491/16, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, sin que proceda
hacer condena en relación a las costas de esta alzada.»
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Don
Alberto Francisco Álvarez Rodríguez, presidente, don Antonio Muñiz Díez y doña María
del Pilar Robles García, Magistrados de la Audiencia Provincial de León.
cve: BOE-A-2025-2237
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de diciembre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16797
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2237
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo
dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la
Audiencia Provincial de León, Sección Segunda, de 24 de julio de 2017, que
ha devenido firme.
Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección
General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia
de la Audiencia Provincial de León, Sección Segunda, de fecha 24 de julio de 2017, que
ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 202/2017, seguido ante la Audiencia Provincial de
León, Sección Segunda, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del
Notariado, representada por el abogado del Estado, contra la sentencia, de fecha 20 de
febrero de 2017, dictada en los autos de juicio verbal número 491/2016, seguidos ante el
Juzgado de Primera Instancia número 5 de León, que estimó la demanda presentada por
doña M. E. C. P., procuradora de los tribunales, en nombre y representación de la
mercantil «Ferdybru, S.L.», frente a la Resolución de la Dirección General de los
Registros y del Notariado de fecha 24 de junio de 2016 (2.ª), por la que se desestimaba
el recurso interpuesto por don A. M. G. B., en nombre y representación y como
administrador único de la citada entidad demandante contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de La Vecilla, doña Triana García-Miranda Fernández de
Cañete, por la que se suspendía la inscripción de un mandamiento de cancelación de
cargas derivado de un procedimiento judicial de embargo, fallamos:
«Que desestimando como desestimamos el recurso de apelación planteado por el
Abogado del Estado en la representación y defensa que ostenta de la Dirección General
de los Registros y del Notariado, contra la sentencia de fecha 20 de febrero de 2017,
dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de León, en el Juicio Verbal seguido
con el n.º 491/16, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, sin que proceda
hacer condena en relación a las costas de esta alzada.»
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Don
Alberto Francisco Álvarez Rodríguez, presidente, don Antonio Muñiz Díez y doña María
del Pilar Robles García, Magistrados de la Audiencia Provincial de León.
cve: BOE-A-2025-2237
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 18 de diciembre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.
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