Comunidad Autónoma Del País Vasco. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2025-2082)
Resolución 47/2025, de 13 de enero, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio Sanitario para la Coordinación de la Salud Mental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 15622
b) Ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en las bases
de la convocatoria.
c) Ninguna de las personas aspirantes ha obtenido la puntuación mínima requerida.
En el supuesto del apartado a) anterior la Dirección General de Osakidetza-Servicio
vasco de salud podrá declarar desierta la convocatoria tras la aprobación de la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas, sin necesidad de más trámites.
La resolución de nombramiento se notificará a las personas interesadas y se
publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en la página web de Osakidetza y contra
la misma podrá interponerse Recurso de alzada ante el Consejo de Administración del
Ente Público Osakidetza.
8.
Efectos de la adjudicación
El puesto de Jefatura de Servicio Sanitario dará lugar a nombramiento temporal por
un plazo de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28 de la
Norma Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV n.º 138, de 21 de julio), de
Ordenación Sanitaria de Euskadi.
9.
Recursos contra la presente resolución
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejo
de Administración del Ente Público Osakidetza, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de la fecha de la última publicación en los Boletines Oficiales
correspondientes.
Vitoria-Gasteiz, 13 de enero de 2025.–La Directora General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud, Susana López Altuna.
ANEXO
Baremo de méritos para la convocatoria de Jefe/a de Servicio Sanitario para la
Coordinación de la Salud Mental, en la Subdirección de Coordinación para la
Atención Hospitalaria, de la Dirección de Asistencia Sanitaria, en el Servicio
de Procesos Asistenciales, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud
Baremo de méritos (máximo, 66 puntos)
La valoración de méritos constará de las siguientes fases:
I.
Proyecto y su Defensa (máximo, 30 puntos)
a) La valoración del contenido de la Memoria-Proyecto de gestión del Servicio
Sanitario presentada (máximo, 15 puntos).
La Memoria-Proyecto de gestión deberá desarrollar, al menos, los siguientes apartados:
a.1
Apartado organizativo y de gestión (máximo, 7 puntos).
Organigrama del Servicio Sanitario con indicación de las funciones tanto del puesto
de jefatura como del resto de puestos adscritos a la misma.
Interrelación del servicio con otras secciones/servicios de la misma organización.
cve: BOE-A-2025-2082
Verificable en https://www.boe.es
Las personas aspirantes deberán presentar una Memoria-Proyecto de organización y
funcionamiento del Servicio Sanitario convocado, así como realizar su exposición pública ante
el tribunal calificador y responder a las preguntas que planteen los miembros del Tribunal.
La puntuación de esta fase queda desglosada en los dos apartados siguientes:
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 15622
b) Ninguna de las personas aspirantes reúne los requisitos exigidos en las bases
de la convocatoria.
c) Ninguna de las personas aspirantes ha obtenido la puntuación mínima requerida.
En el supuesto del apartado a) anterior la Dirección General de Osakidetza-Servicio
vasco de salud podrá declarar desierta la convocatoria tras la aprobación de la relación
definitiva de personas admitidas y excluidas, sin necesidad de más trámites.
La resolución de nombramiento se notificará a las personas interesadas y se
publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en la página web de Osakidetza y contra
la misma podrá interponerse Recurso de alzada ante el Consejo de Administración del
Ente Público Osakidetza.
8.
Efectos de la adjudicación
El puesto de Jefatura de Servicio Sanitario dará lugar a nombramiento temporal por
un plazo de cuatro años, prorrogables en función de lo establecido en el artículo 28 de la
Norma Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio (BOPV n.º 138, de 21 de julio), de
Ordenación Sanitaria de Euskadi.
9.
Recursos contra la presente resolución
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejo
de Administración del Ente Público Osakidetza, en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de la fecha de la última publicación en los Boletines Oficiales
correspondientes.
Vitoria-Gasteiz, 13 de enero de 2025.–La Directora General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud, Susana López Altuna.
ANEXO
Baremo de méritos para la convocatoria de Jefe/a de Servicio Sanitario para la
Coordinación de la Salud Mental, en la Subdirección de Coordinación para la
Atención Hospitalaria, de la Dirección de Asistencia Sanitaria, en el Servicio
de Procesos Asistenciales, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio
Vasco de Salud
Baremo de méritos (máximo, 66 puntos)
La valoración de méritos constará de las siguientes fases:
I.
Proyecto y su Defensa (máximo, 30 puntos)
a) La valoración del contenido de la Memoria-Proyecto de gestión del Servicio
Sanitario presentada (máximo, 15 puntos).
La Memoria-Proyecto de gestión deberá desarrollar, al menos, los siguientes apartados:
a.1
Apartado organizativo y de gestión (máximo, 7 puntos).
Organigrama del Servicio Sanitario con indicación de las funciones tanto del puesto
de jefatura como del resto de puestos adscritos a la misma.
Interrelación del servicio con otras secciones/servicios de la misma organización.
cve: BOE-A-2025-2082
Verificable en https://www.boe.es
Las personas aspirantes deberán presentar una Memoria-Proyecto de organización y
funcionamiento del Servicio Sanitario convocado, así como realizar su exposición pública ante
el tribunal calificador y responder a las preguntas que planteen los miembros del Tribunal.
La puntuación de esta fase queda desglosada en los dos apartados siguientes: