Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-2135)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se corrigen errores en la de 30 de diciembre de 2024, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, por el que se crea el Consorcio Centro Nacional de Neurotecnología con el fin de promover la integración de la neurociencia y las tecnologías digitales, «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 15997
Por ello es necesario un plan específico de actuación en Sistemas de Información
que abarque:
– Actuación 5.1 El análisis de la situación actual, para tener un conocimiento
detallado del rendimiento de los sistemas existentes, de las plataformas y herramientas
tecnológicas y de los sistemas de comunicaciones utilizados.
– Actuación 5.2 La definición del modelo objetivo, que, de acuerdo con las
necesidades organizativas, aplicaciones, plataformas y comunicaciones, detalle el futuro
escenario en cuanto a sistemas de información y comunicaciones.
– Actuación 5.3 La elaboración del plan de proyectos, en el que se definan con
nivel de detalle suficiente los proyectos necesarios para asegurar la evolución hacia los
nuevos modelos definidos, considerando las necesidades de convivencia y migración
con la situación actual.
Objetivo 5.
Comunicación y visibilidad de las actividades
La elaboración del programa de difusión de las actividades del Centro Nacional de
Neurotecnología y relaciones institucionales ha de realizarse con un doble propósito. En
primer lugar, potenciar la imagen del Centro Nacional de Neurotecnología, sus objetivos,
principios de actuación y formas de colaboración con otros agentes nacionales e
internacionales. En segundo lugar, divulgar en la sociedad el papel fundamental de la
tecnología espacial en el bienestar de los ciudadanos.
El programa de difusión y divulgación deberá elaborarse durante los primeros meses
tras la entrada en funcionamiento del Centro Nacional de Neurotecnología, y sus
resultados serán: (1) la celebración de presentaciones, conferencias y seminarios
dedicados a dar a conocer los objetivos y trabajos del Centro Nacional de
Neurotecnología y (2) la presencia en actividades organizadas por otras entidades e
instituciones a nivel nacional e internacional, con el objetivo de dar a conocer las
actividades del Centro Nacional de Neurotecnología.
Igualmente es importante establecer durante los primeros meses un conjunto de
actuaciones que garanticen una adecuada cobertura mediática del Centro Nacional de
Neurotecnología, su creación, constitución y funciones.»
cve: BOE-A-2025-2135
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 30 de enero de 2025.–El Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades, Juan Cruz Cigudosa García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 15997
Por ello es necesario un plan específico de actuación en Sistemas de Información
que abarque:
– Actuación 5.1 El análisis de la situación actual, para tener un conocimiento
detallado del rendimiento de los sistemas existentes, de las plataformas y herramientas
tecnológicas y de los sistemas de comunicaciones utilizados.
– Actuación 5.2 La definición del modelo objetivo, que, de acuerdo con las
necesidades organizativas, aplicaciones, plataformas y comunicaciones, detalle el futuro
escenario en cuanto a sistemas de información y comunicaciones.
– Actuación 5.3 La elaboración del plan de proyectos, en el que se definan con
nivel de detalle suficiente los proyectos necesarios para asegurar la evolución hacia los
nuevos modelos definidos, considerando las necesidades de convivencia y migración
con la situación actual.
Objetivo 5.
Comunicación y visibilidad de las actividades
La elaboración del programa de difusión de las actividades del Centro Nacional de
Neurotecnología y relaciones institucionales ha de realizarse con un doble propósito. En
primer lugar, potenciar la imagen del Centro Nacional de Neurotecnología, sus objetivos,
principios de actuación y formas de colaboración con otros agentes nacionales e
internacionales. En segundo lugar, divulgar en la sociedad el papel fundamental de la
tecnología espacial en el bienestar de los ciudadanos.
El programa de difusión y divulgación deberá elaborarse durante los primeros meses
tras la entrada en funcionamiento del Centro Nacional de Neurotecnología, y sus
resultados serán: (1) la celebración de presentaciones, conferencias y seminarios
dedicados a dar a conocer los objetivos y trabajos del Centro Nacional de
Neurotecnología y (2) la presencia en actividades organizadas por otras entidades e
instituciones a nivel nacional e internacional, con el objetivo de dar a conocer las
actividades del Centro Nacional de Neurotecnología.
Igualmente es importante establecer durante los primeros meses un conjunto de
actuaciones que garanticen una adecuada cobertura mediática del Centro Nacional de
Neurotecnología, su creación, constitución y funciones.»
cve: BOE-A-2025-2135
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 30 de enero de 2025.–El Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades, Juan Cruz Cigudosa García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X