Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-2106)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 15663
– Curriculum vitae cuyos apartados deberán adaptarse a los criterios específicos de
valoración para la adjudicación de la plaza.
– Documentación acreditativa de los méritos alegados en el curriculum.
Asimismo, en el acto de presentación se determinará mediante sorteo el orden de
actuación de los candidatos y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
La prueba comenzará en el plazo comprendido entre el día siguiente y 15 días naturales
contados desde el día del acto de presentación (ambos incluidos).
7.
Pruebas
7.1 El concurso constará de dos pruebas. La primera de ellas consistirá en la
preparación, exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la
Comisión, de una lección del programa o los programas que haya presentado al
concurso, elegida por el candidato de entre tres determinadas por sorteo. El tiempo
máximo permitido para la preparación de la exposición de la lección es de 60 minutos.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para los candidatos que no obtengan, al menos,
tres votos favorables de los miembros de la Comisión.
El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición, y el debate
con la Comisión podrá extenderse hasta un máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un
informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre
cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los apartados de los
criterios específicos, voto favorable o desfavorable y explicación motivada y desglosada
de cada uno de los aspectos evaluados.
La segunda prueba del concurso consistirá en la exposición oral y pública por parte
del candidato, y debate posterior con la Comisión, de su currículo, su proyecto, y su
programa.
El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición, y el debate
con la Comisión podrá extenderse hasta un máximo de dos horas.
Finalizada esta segunda prueba, cada miembro de la Comisión entregará al
Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la
Comisión sobre cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los
apartados de los criterios de evaluación, voto favorable o desfavorable, motivación del
voto y explicación motivada y desglosada de cada uno de los aspectos evaluados.
La propuesta de adjudicación de las plazas se hará por votación de los miembros de
la Comisión; cada miembro sólo podrá votar a un candidato por plaza. La propuesta
recaerá en el candidato o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con
un mínimo de tres. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no
proveer la plaza convocada.
Resolución del concurso
La Comisión juzgadora propondrá al Sr. Rector, para su nombramiento, con carácter
vinculante, una relación por orden de preferencia de todos los candidatos que obtengan
tres o más votos. Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que, a la vista de
los informes señalados en la base anterior, efectúe la Comisión.
Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión deberá presentar a través de la
Oficina de Registro, en los siete días hábiles siguientes a la finalización de la actuación
de la misma, toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, y al
menos las siguientes Actas:
1.
2.
3.
4.
Acta de constitución de la Comisión.
Acuerdo de determinación de los criterios de valoración.
Acta de presentación de los concursantes.
Actas de realización de las dos pruebas.
cve: BOE-A-2025-2106
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. II.B. Pág. 15663
– Curriculum vitae cuyos apartados deberán adaptarse a los criterios específicos de
valoración para la adjudicación de la plaza.
– Documentación acreditativa de los méritos alegados en el curriculum.
Asimismo, en el acto de presentación se determinará mediante sorteo el orden de
actuación de los candidatos y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
La prueba comenzará en el plazo comprendido entre el día siguiente y 15 días naturales
contados desde el día del acto de presentación (ambos incluidos).
7.
Pruebas
7.1 El concurso constará de dos pruebas. La primera de ellas consistirá en la
preparación, exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la
Comisión, de una lección del programa o los programas que haya presentado al
concurso, elegida por el candidato de entre tres determinadas por sorteo. El tiempo
máximo permitido para la preparación de la exposición de la lección es de 60 minutos.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para los candidatos que no obtengan, al menos,
tres votos favorables de los miembros de la Comisión.
El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición, y el debate
con la Comisión podrá extenderse hasta un máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un
informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre
cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los apartados de los
criterios específicos, voto favorable o desfavorable y explicación motivada y desglosada
de cada uno de los aspectos evaluados.
La segunda prueba del concurso consistirá en la exposición oral y pública por parte
del candidato, y debate posterior con la Comisión, de su currículo, su proyecto, y su
programa.
El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición, y el debate
con la Comisión podrá extenderse hasta un máximo de dos horas.
Finalizada esta segunda prueba, cada miembro de la Comisión entregará al
Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la
Comisión sobre cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los
apartados de los criterios de evaluación, voto favorable o desfavorable, motivación del
voto y explicación motivada y desglosada de cada uno de los aspectos evaluados.
La propuesta de adjudicación de las plazas se hará por votación de los miembros de
la Comisión; cada miembro sólo podrá votar a un candidato por plaza. La propuesta
recaerá en el candidato o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con
un mínimo de tres. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no
proveer la plaza convocada.
Resolución del concurso
La Comisión juzgadora propondrá al Sr. Rector, para su nombramiento, con carácter
vinculante, una relación por orden de preferencia de todos los candidatos que obtengan
tres o más votos. Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que, a la vista de
los informes señalados en la base anterior, efectúe la Comisión.
Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión deberá presentar a través de la
Oficina de Registro, en los siete días hábiles siguientes a la finalización de la actuación
de la misma, toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, y al
menos las siguientes Actas:
1.
2.
3.
4.
Acta de constitución de la Comisión.
Acuerdo de determinación de los criterios de valoración.
Acta de presentación de los concursantes.
Actas de realización de las dos pruebas.
cve: BOE-A-2025-2106
Verificable en https://www.boe.es
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