Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-2106)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 15660

La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional de
admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes con
indicación en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante
exposición de las correspondientes listas en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e
Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: http://docentes.us.es - Oferta
de Empleo Público - Profesor Cuerpos Docentes LOSU - Convocatorias y estará
condicionada a que, por parte de las correspondientes comisiones juzgadoras, se hayan
elaborado los criterios de evaluación de los méritos de los candidatos y hayan sido
remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación. En dichos criterios
deberá valorarse, en todo caso, la experiencia docente y la experiencia investigadora,
incluyendo la de transferencia e intercambio del conocimiento, que deberán tener una
consideración análoga en el conjunto de los referidos criterios de valoración de los
méritos del candidato, su proyecto docente e investigador, así como contrastar sus
capacidades para la exposición y el debate ante la comisión de selección, en sesión
pública, en la correspondiente materia o especialidad.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el
procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al
concurso.
4.2 Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las
listas definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la
Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e
Investigador) y, a título informativo en la siguiente dirección: (https://docentes.us.es –
Oferta de Empleo Público – Profesor Cuerpos Docentes LOSU - Convocatorias).
Asimismo, se comunicará al presidente de la comisión.
La Resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa de
acuerdo con la disposición adicional primera del Estatuto de la Universidad de Sevilla, y
contra ella podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr.
Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación «Interposición de
recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla
(https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index), en el plazo de un mes desde
el día siguiente al de la publicación de la resolución, conforme a lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la
publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según
disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

cve: BOE-A-2025-2106
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Núm. 31