Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-2133)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publica la prórroga del Convenio con las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valenciana, Canarias y Madrid, y la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 15977
Comunidades Autónomas que lo suscriben, por un lado, y la Fundación Amancio Ortega
Gaona, por otro lado, que ayude al desarrollo del plan elaborado por el Ministerio de
Sanidad para la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.
Segundo.
En la cláusula undécima de dicho convenio se establece que la vigencia del convenio
será de cuatro años y prevé la posibilidad de prorrogarlo, por acuerdo de las partes, el
tiempo que se estime necesario, hasta el máximo de cuatro años, de acuerdo con el
artículo 49.h) 2.º de la Ley 50/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Tercero.
La implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud es un proyecto
innovador y de alta complejidad en todas las fases del mismo (la fabricación de los
equipos, la realización de las infraestructuras necesarias para su instalación, la
instalación en sí misma de los equipos y el manejo y puesta en funcionamiento de dichos
equipos por parte de los profesionales sanitarios), que necesita de un tiempo superior al
previsto inicialmente para su desarrollo.
Cuarto.
Por otra parte, la complejidad del proyecto también está favoreciendo que se
produzcan incidencias en los procesos de licitación de los proyectos y obras de algunas
de las salas que albergarán dichos equipos, lo cual también está alargando los plazos
previstos para el desarrollo del proyecto.
Quinto.
El incremento de los plazos previstos para la implantación de la protonterapia
superará el plazo de vigencia del convenio actual, 25 de octubre de 2025, y por tanto se
hace necesario prorrogar dicho convenio por otro periodo de cuatro años para dar
cobertura al nuevo cronograma previsto y a otras posibles incidencias imprevistas que
puedan surgir a lo largo del desarrollo del proyecto.
Sexto.
Existe unanimidad por todas las partes, Ministerio de Sanidad, Comunidades
Autónomas firmantes del Convenio de 19 de octubre de 2021 y la Fundación Amancio
Ortega Gaona, en la necesidad de prorrogar dicho convenio en los mismos términos por
un periodo máximo de cuatro años.
En base a lo expuesto las partes, acuerdan la prórroga del Convenio de 19 de
octubre de 2021, que se regirá por las siguientes
Primera.
Objeto.
El Convenio suscrito el 19 de octubre de 2021 entre por una parte, el Ministerio de
Sanidad y las Consejerías competentes en materia de salud de las comunidades
autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valencia, Canarias y Madrid y,
por otra parte, la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la
implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud, que fue modificado
por adenda de fecha 26 de mayo de 2022, se prorroga por un periodo máximo de cuatro
años y en los mismos términos que el convenio citado, por acuerdo de la partes.
cve: BOE-A-2025-2133
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 15977
Comunidades Autónomas que lo suscriben, por un lado, y la Fundación Amancio Ortega
Gaona, por otro lado, que ayude al desarrollo del plan elaborado por el Ministerio de
Sanidad para la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.
Segundo.
En la cláusula undécima de dicho convenio se establece que la vigencia del convenio
será de cuatro años y prevé la posibilidad de prorrogarlo, por acuerdo de las partes, el
tiempo que se estime necesario, hasta el máximo de cuatro años, de acuerdo con el
artículo 49.h) 2.º de la Ley 50/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Tercero.
La implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud es un proyecto
innovador y de alta complejidad en todas las fases del mismo (la fabricación de los
equipos, la realización de las infraestructuras necesarias para su instalación, la
instalación en sí misma de los equipos y el manejo y puesta en funcionamiento de dichos
equipos por parte de los profesionales sanitarios), que necesita de un tiempo superior al
previsto inicialmente para su desarrollo.
Cuarto.
Por otra parte, la complejidad del proyecto también está favoreciendo que se
produzcan incidencias en los procesos de licitación de los proyectos y obras de algunas
de las salas que albergarán dichos equipos, lo cual también está alargando los plazos
previstos para el desarrollo del proyecto.
Quinto.
El incremento de los plazos previstos para la implantación de la protonterapia
superará el plazo de vigencia del convenio actual, 25 de octubre de 2025, y por tanto se
hace necesario prorrogar dicho convenio por otro periodo de cuatro años para dar
cobertura al nuevo cronograma previsto y a otras posibles incidencias imprevistas que
puedan surgir a lo largo del desarrollo del proyecto.
Sexto.
Existe unanimidad por todas las partes, Ministerio de Sanidad, Comunidades
Autónomas firmantes del Convenio de 19 de octubre de 2021 y la Fundación Amancio
Ortega Gaona, en la necesidad de prorrogar dicho convenio en los mismos términos por
un periodo máximo de cuatro años.
En base a lo expuesto las partes, acuerdan la prórroga del Convenio de 19 de
octubre de 2021, que se regirá por las siguientes
Primera.
Objeto.
El Convenio suscrito el 19 de octubre de 2021 entre por una parte, el Ministerio de
Sanidad y las Consejerías competentes en materia de salud de las comunidades
autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valencia, Canarias y Madrid y,
por otra parte, la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la
implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud, que fue modificado
por adenda de fecha 26 de mayo de 2022, se prorroga por un periodo máximo de cuatro
años y en los mismos términos que el convenio citado, por acuerdo de la partes.
cve: BOE-A-2025-2133
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