Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-2136)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 2023, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Seis.
Sec. III. Pág. 16000
Se añade un nuevo punto c) al apartado 17.1 con la siguiente redacción:
«c) El ejercicio de la potestad disciplinaria respecto del personal funcionario y
laboral adscrito a las agrupaciones gerenciales, cuando se trate de sanciones por
faltas leves, conforme a la normativa vigente.»
Siete. Se añade un nuevo último párrafo en el apartado 18.5.2 con la siguiente
redacción:
«– La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio, en
territorio nacional o en el extranjero, con o sin derecho a indemnización, de los
titulares de las Agrupaciones Gerenciales».
Ocho.
Se añade un nuevo apartado 18.5.7 con la siguiente redacción:
«18.5.7
En los titulares de las Agrupaciones Gerenciales.
La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio, con o sin
derecho a indemnización, excepto en los casos de residencia eventual, de los
titulares de la Dirección de los Institutos a los que dé servicio la Agrupación
Gerencial.
La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio, con o sin
derecho a indemnización, excepto en los casos de residencia eventual, de todo el
personal adscrito a la Agrupación Gerencial o personal externo, cuando proceda.»
Nueve.
redacción:
Se añade un nuevo artículo vigésimo segundo bis con la siguiente
«Vigésimo segundo bis.
Delegaciones de competencias referidas a gerencias.
Las delegaciones de competencias realizadas en esta resolución a favor de los
titulares de las gerencias de los institutos del CSIC se entenderán igualmente
realizadas a favor de los titulares de las Agrupaciones Gerenciales, salvo en los
supuestos en que se realiza una previsión específica.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-2136
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de enero de 2025.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior
de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Seis.
Sec. III. Pág. 16000
Se añade un nuevo punto c) al apartado 17.1 con la siguiente redacción:
«c) El ejercicio de la potestad disciplinaria respecto del personal funcionario y
laboral adscrito a las agrupaciones gerenciales, cuando se trate de sanciones por
faltas leves, conforme a la normativa vigente.»
Siete. Se añade un nuevo último párrafo en el apartado 18.5.2 con la siguiente
redacción:
«– La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio, en
territorio nacional o en el extranjero, con o sin derecho a indemnización, de los
titulares de las Agrupaciones Gerenciales».
Ocho.
Se añade un nuevo apartado 18.5.7 con la siguiente redacción:
«18.5.7
En los titulares de las Agrupaciones Gerenciales.
La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio, con o sin
derecho a indemnización, excepto en los casos de residencia eventual, de los
titulares de la Dirección de los Institutos a los que dé servicio la Agrupación
Gerencial.
La autorización y posterior certificación de las comisiones de servicio, con o sin
derecho a indemnización, excepto en los casos de residencia eventual, de todo el
personal adscrito a la Agrupación Gerencial o personal externo, cuando proceda.»
Nueve.
redacción:
Se añade un nuevo artículo vigésimo segundo bis con la siguiente
«Vigésimo segundo bis.
Delegaciones de competencias referidas a gerencias.
Las delegaciones de competencias realizadas en esta resolución a favor de los
titulares de las gerencias de los institutos del CSIC se entenderán igualmente
realizadas a favor de los titulares de las Agrupaciones Gerenciales, salvo en los
supuestos en que se realiza una previsión específica.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-2136
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 27 de enero de 2025.–La Presidenta de la Agencia Estatal Consejo Superior
de Investigaciones Científicas, Eloísa del Pino Matute.
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