Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2025-2118)
Resolución de 23 de enero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid el 26 de julio de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Miércoles 5 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 15909

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
2118

Resolución de 23 de enero de 2025, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de
enero de 2025, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de
repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid el 26 de julio de 2024.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de enero de 2025, ha aprobado, a
propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por el que se
aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Madrid,
el 26 de julio de 2024.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 23 de enero de 2025.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión
de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea
iniciado a la Comunidad de Madrid el 26 de julio de 2024, correspondiente
a la liquidación de cuentas de los organismos pagadores de los Estados miembros
referentes a los gastos financiados por el Feader y el FEAGA, con cargo
al ejercicio financiero 2023
Primero.

Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad de Madrid ha sido
extinguida tras haber solicitado la compensación en las próximas peticiones de fondos,
adeudado con fecha 18 de septiembre de 2024 con cargo al Feader por lo que se
acuerda admitir dicho abono como medio de pago voluntario anticipado de la deuda y no
se repercuten los intereses compensatorios de los costes financieros, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.

cve: BOE-A-2025-2118
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
Pagador de la Comunidad de Madrid, como competente en la gestión y control de las
ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional quinta del citado
Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la liquidación realizada
sobre la deuda contraída de noventa y cinco mil novecientos noventa y ocho euros
(95.998,00 euros) con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).