Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-3940)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias sobre resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se somete a Información Pública el Proyecto de Trazado "Estabilización del talud en la Autovía A-8, calzada derecha, entre los pp.kk. 392+600 y 392+700". Provincia de Asturias. Clave: 38-O-6540.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 5957
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
3940
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias sobre
resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba
provisionalmente y se somete a Información Pública el Proyecto de
Trazado "Estabilización del talud en la Autovía A-8, calzada derecha,
entre los pp.kk. 392+600 y 392+700". Provincia de Asturias. Clave: 38O-6540.
El Director General de Carreteras, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre, modificada por la OM TMA/355/2023, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y delegación de
competencias), la Subdirectora General de Conservación y Gestión de Activos, con
fecha 27 de enero de 2025 ha resuelto:
"1. APROBAR PROVISIONALMENTE EL PROYECTO DE TRAZADO
"Estabilización del talud en la Autovía A-8, calzada derecha, entre los pp.kk.
392+600 y 392+700. Provincia de Asturias", con un presupuesto Base de Licitación
estimado (IVA incluido) de 784.703,67 €.
2. Declarar la urgencia del proyecto de conformidad con el artículo 12.2 de la
Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras en la redacción dada por el Real
Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de
carreteras.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias:
· La incoación de un Trámite de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y con el art. 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras. Dicha información pública lo será a efectos de la
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los
bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de
servicios afectados.
· Llevar a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la
relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín
Oficial del Principado de Asturias y en uno de los diarios de mayor circulación de
dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término
radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2
de dicha Ley).
· Se señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá
estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos
en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de
acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Demarcación de
Carreteras del Estado en Asturias.
cve: BOE-B-2025-3940
Verificable en https://www.boe.es
· La información pública a efectos de expropiaciones se hará en cumplimiento
de cuanto establecen los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y
concordantes de su Reglamento.
Núm. 31
Miércoles 5 de febrero de 2025
Sec. V-B. Pág. 5957
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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
3940
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias sobre
resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba
provisionalmente y se somete a Información Pública el Proyecto de
Trazado "Estabilización del talud en la Autovía A-8, calzada derecha,
entre los pp.kk. 392+600 y 392+700". Provincia de Asturias. Clave: 38O-6540.
El Director General de Carreteras, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre, modificada por la OM TMA/355/2023, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y delegación de
competencias), la Subdirectora General de Conservación y Gestión de Activos, con
fecha 27 de enero de 2025 ha resuelto:
"1. APROBAR PROVISIONALMENTE EL PROYECTO DE TRAZADO
"Estabilización del talud en la Autovía A-8, calzada derecha, entre los pp.kk.
392+600 y 392+700. Provincia de Asturias", con un presupuesto Base de Licitación
estimado (IVA incluido) de 784.703,67 €.
2. Declarar la urgencia del proyecto de conformidad con el artículo 12.2 de la
Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras en la redacción dada por el Real
Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de
carreteras.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias:
· La incoación de un Trámite de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/
2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y con el art. 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras. Dicha información pública lo será a efectos de la
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los
bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de
servicios afectados.
· Llevar a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la
relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín
Oficial del Principado de Asturias y en uno de los diarios de mayor circulación de
dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término
radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2
de dicha Ley).
· Se señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá
estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos
en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de
acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Demarcación de
Carreteras del Estado en Asturias.
cve: BOE-B-2025-3940
Verificable en https://www.boe.es
· La información pública a efectos de expropiaciones se hará en cumplimiento
de cuanto establecen los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y
concordantes de su Reglamento.