Tribunal Constitucional. I. Disposiciones generales. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-1964)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 8613-2024, en relación con los artículos 234.1.a) y 442.3.2 del Código Civil de Cataluña, por posible vulneración del artículo 10.1 CE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30
Martes 4 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 15030
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1964
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 8613-2024, en relación con los artículos
234.1.a) y 442.3.2 del Código Civil de Cataluña, por posible vulneración del
artículo 10.1 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de enero de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8613-2024 planteada
por la sección 17.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el recurso de apelación
núm. 638-2022, en relación con los artículos 234.1.a) y 442.3.2 del Código Civil de
Cataluña, por posible vulneración del artículo 10.1 CE, y, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el recurso de apelación núm. 638-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de
los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2025-1964
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de enero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 30
Martes 4 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 15030
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1964
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 8613-2024, en relación con los artículos
234.1.a) y 442.3.2 del Código Civil de Cataluña, por posible vulneración del
artículo 10.1 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de enero de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8613-2024 planteada
por la sección 17.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el recurso de apelación
núm. 638-2022, en relación con los artículos 234.1.a) y 442.3.2 del Código Civil de
Cataluña, por posible vulneración del artículo 10.1 CE, y, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el recurso de apelación núm. 638-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de
los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2025-1964
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de enero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X