Tribunal Constitucional. I. Disposiciones generales. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-1963)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5367-2024, en relación con el artículo 2 del Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 4/2022, de 5 de abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero, por posible vulneración del artículo 86.1 CE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30
Martes 4 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 15029
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1963
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5367-2024, en relación con el artículo 2
del Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 4/2022, de 5 de
abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero, por posible
vulneración del artículo 86.1 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de enero de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5367-2024
planteada por la sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso ordinario 1990-2022, en relación con el
artículo 2 del Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 4/2022, de 5 de
abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero, por posible vulneración del
artículo 86.1 CE, en relación con los artículos 31.3 y 53.1 CE y el artículo 64.1 del
Estatuto de Autonomía de Cataluña, y, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el
recurso ordinario 1990-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince
días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-1963
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de enero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 30
Martes 4 de febrero de 2025
Sec. I. Pág. 15029
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
1963
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5367-2024, en relación con el artículo 2
del Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 4/2022, de 5 de
abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero, por posible
vulneración del artículo 86.1 CE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de enero de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5367-2024
planteada por la sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso ordinario 1990-2022, en relación con el
artículo 2 del Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 4/2022, de 5 de
abril, de medidas urgentes en el ámbito tributario y financiero, por posible vulneración del
artículo 86.1 CE, en relación con los artículos 31.3 y 53.1 CE y el artículo 64.1 del
Estatuto de Autonomía de Cataluña, y, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el
recurso ordinario 1990-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince
días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-1963
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 28 de enero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
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