Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Nacional Veterinario. (BOE-A-2025-1907)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 23 de diciembre de 2024, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, al Cuerpo Nacional Veterinario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Lunes 3 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 14665

Esta segunda parte se corregirá únicamente a los aspirantes que superen la primera
parte. Solo aquellos aspirantes que superen las dos partes del primer ejercicio podrán
acceder al segundo.»
Segundo.
Donde dice:
«ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal Suplente:
Secretario: Alejandro Lastras Gutiérrez. Escala de Titulados Superiores del Instituto
de Seguridad e Higiene.»
Debe decir:
«ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal Suplente:
Secretario: Alejandro Lastras Gutiérrez. Cuerpo Nacional Veterinario.»
Tercero.
Se acuerda abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte
días hábiles desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOE, siendo
válidas las solicitudes presentadas hasta la fecha.
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2025-1907
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 27 de enero de 2025.–El Subsecretario, Ernesto Abati García-Manso.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X