Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1951)
Resolución de 24 de enero de 2025, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, en materia de medicamentos de uso humano y veterinarios, de productos sanitarios y cosméticos.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14946
cumplimiento en materia de medicamentos, productos sanitarios y cosméticos, queda
prorrogado por cuatro (4) años adicionales.
Tercera.
Impacto económico.
La presente prórroga del convenio no supone ninguna obligación económica para
ninguna de las partes firmantes.
Cuarta.
Eficacia de la presente adenda.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una
vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), lo cual deberá llevarse a cabo en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización,
según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.»
Quinta.
Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no previsto, ni expresamente modificado por la presente adenda, serán de
aplicación las estipulaciones contenidas en el Convenio formalizado por ambas partes
con fecha 27 de enero de 2021.
cve: BOE-A-2025-1951
Verificable en https://www.boe.es
Para la debida constancia y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el
presente acuerdo de prórroga del convenio marco, en un único ejemplar electrónico, a 22
de enero de 2025.–Por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, la
Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por el Consejo General de Colegios Oficiales de
Farmacéuticos, el Presidente, Jesús Aguilar Santamaría.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 29
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14946
cumplimiento en materia de medicamentos, productos sanitarios y cosméticos, queda
prorrogado por cuatro (4) años adicionales.
Tercera.
Impacto económico.
La presente prórroga del convenio no supone ninguna obligación económica para
ninguna de las partes firmantes.
Cuarta.
Eficacia de la presente adenda.
La presente adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará eficaz una
vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO), lo cual deberá llevarse a cabo en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización,
según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.»
Quinta.
Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no previsto, ni expresamente modificado por la presente adenda, serán de
aplicación las estipulaciones contenidas en el Convenio formalizado por ambas partes
con fecha 27 de enero de 2021.
cve: BOE-A-2025-1951
Verificable en https://www.boe.es
Para la debida constancia y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el
presente acuerdo de prórroga del convenio marco, en un único ejemplar electrónico, a 22
de enero de 2025.–Por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, la
Directora, María Jesús Lamas Díaz.–Por el Consejo General de Colegios Oficiales de
Farmacéuticos, el Presidente, Jesús Aguilar Santamaría.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X