Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Procedimientos de libre designación. (BOE-A-2025-1905)
Resolución de 23 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29

Lunes 3 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 14654

Castellana, 67 (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado
como anexo II de esta resolución.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales siguientes al de la
publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las solicitudes se presentarán a través del portal Funciona, mis servicios de RR. HH.
(SIGP) –convocatoria libre designación– solicitud de convocatoria de libre designación,
https://www.funciona.es/public/funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, siendo imprescindible
la acreditación por medio de certificado electrónico. En el caso de que la persona interesada no
pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través
de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: https://
sede.transportes.gob.es o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la
imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del portal Funciona.
Tercera.
Además de los datos personales y número de Registro de Personal, que se
consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:
– Un curriculum vitae, conforme al modelo normalizado incluido en el anexo III, en el
que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades
formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de
los requisitos y competencias profesionales. En respaldo de ello, podrán aportarse
asimismo certificados de funciones expedidos por la persona titular de la unidad donde
se prestaban servicios.
– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto
al que aspira, en relación con las funciones, méritos y requisitos exigidos para el
desempeño del puesto.
– Expediente personal obtenido del Portal Funciona. Quienes no presten servicios
en la Administración General del Estado, deberán aportar asimismo un certificado de la
Administración en la que presten servicios, en el cual se hagan constar tanto el tipo de
relación de servicios como los puestos desempeñados en dicha Administración.
– La cumplimentación del cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las
competencias directivas y que se incluye en el anexo IV.

La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y
experiencia acreditados mediante la documentación presentada por el aspirante y a
través de una entrevista. La valoración de los aspirantes se realizará atendiendo a los
méritos incluidos en el anexo I.
La entrevista se realizará exclusivamente a las personas candidatas que cumplan
con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, así como la antigüedad
como personal funcionario de carrera del subgrupo A1, que se exijan en el anexo I.
La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano
competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno
de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto, incluido
en el anexo I.
Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, se nombrarán
al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en
procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las
entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas
presentadas. A las personas expertas les resultarán de aplicación las causas de
abstención recogidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y su nombramiento se realizará mediante

cve: BOE-A-2025-1905
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.