Comunidad Autónoma de CataluñaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-B-2025-3173)
Resolución de la Dirección General de Energía de la Generalitat de Cataluña, por la cual se otorga a BLUE VIKING LINEA, SL, la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción, y la declaración de utilidad pública del proyecto de la planta solar fotovoltaica llamada Aleixar de 2,085 MW de potencia instalada sobre terreno en suelo no urbanizable, al término municipal de L’Aleixar, en la comarca de El Baix Camp y su infraestructura de evacuación, que consta de una línea a 25 kV en el término municipal de L’Aleixar, en la comarca de El Baix Camp (expte.FUE-2022-02940294; ref.02558).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 4934
- ADIF emite informe en fecha 29 de abril de 2024, expresando que el proyecto
queda fuera de la Zona de Afectación del Ferrocarril.
- El Consejo Comarcal del Baix Camp emite informe favorable, en fecha 2 de
mayo de 2024, condicionado a que se apliquen medidas minimizadas por el
impacto sobre la Red Natura 2000 y el municipio de Vilaplana.
- La Dirección General de Memoria Democrática emite informe favorable en
fecha 13 de mayo de 2024, indicando que no hay ninguna fosa de la guerra civil
documentada entorno al proyecto.
- La Diputación de Tarragona emite informe favorable en fecha 29 de mayo.
- La Secretaria de Agenda Rural emite informe favorable en fecha 7 de junio de
2024, aportando valoraciones, sobretodo referente al vector forestal.
- El Departament de Territori emite informe favorable, en fecha 14 de junio de
2024, condicionado a evitar los cimientos con losa de hormigón.
- La Dirección General de Patrimonio Cultural emite informe favorable, en fecha
19 de junio, condicionado a que haya supervisión arqueológica durante la obra y a
que se preserven los muros de piedra seca y las construcciones existentes.
- La Agencia Catalana de la Agua emite informe favorable, en fecha 1 de
octubre de 2024, con ciertas consideraciones a tener en cuenta por el peticionario.
En fecha 21 de noviembre de 2024, la Comisión Territorial de Urbanismo de la
Cataluña Central acuerda suspender la resolución definitiva del proyecto de
actuación específica en suelo no urbanizable de la planta solar fotovoltaica llamada
PSFV ALEIXAR sobre suelo no urbanizable y sus infraestructuras de evacuación
en el término municipal de L’Aleixar.
De acuerdo con el artículo 18 del Decreto Ley 16/2019, de 26 de noviembre, de
medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías
renovables, el órgano competente en materia de energía, en el plazo de un mes a
contar desde la comunicación de la resolución de los trámites ambiental y de
aprobación urbanística, tiene que emitir la resolución sobre la solicitud de
autorización administrativa previa, de declaración de utilidad pública, si se ha
solicitado, y de construcción del parque eólico o de la planta solar fotovoltaica.
Debido a que la autorización de esta instalación contribuye a conseguir los
objetivos de implantación de energía renovable en Catalunya.
Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y de régimen
jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Ley 26/2010 de 3
de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas
de Catalunya;
Resuelvo:
1. Otorgar a la empresa BLUE VIKING LINEA, SL, la autorización
cve: BOE-B-2025-3173
Verificable en https://www.boe.es
Vistos los informes favorables de los organismos antes indicados, algunos de
ellos establecidos condicionados;
Núm. 27
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 4934
- ADIF emite informe en fecha 29 de abril de 2024, expresando que el proyecto
queda fuera de la Zona de Afectación del Ferrocarril.
- El Consejo Comarcal del Baix Camp emite informe favorable, en fecha 2 de
mayo de 2024, condicionado a que se apliquen medidas minimizadas por el
impacto sobre la Red Natura 2000 y el municipio de Vilaplana.
- La Dirección General de Memoria Democrática emite informe favorable en
fecha 13 de mayo de 2024, indicando que no hay ninguna fosa de la guerra civil
documentada entorno al proyecto.
- La Diputación de Tarragona emite informe favorable en fecha 29 de mayo.
- La Secretaria de Agenda Rural emite informe favorable en fecha 7 de junio de
2024, aportando valoraciones, sobretodo referente al vector forestal.
- El Departament de Territori emite informe favorable, en fecha 14 de junio de
2024, condicionado a evitar los cimientos con losa de hormigón.
- La Dirección General de Patrimonio Cultural emite informe favorable, en fecha
19 de junio, condicionado a que haya supervisión arqueológica durante la obra y a
que se preserven los muros de piedra seca y las construcciones existentes.
- La Agencia Catalana de la Agua emite informe favorable, en fecha 1 de
octubre de 2024, con ciertas consideraciones a tener en cuenta por el peticionario.
En fecha 21 de noviembre de 2024, la Comisión Territorial de Urbanismo de la
Cataluña Central acuerda suspender la resolución definitiva del proyecto de
actuación específica en suelo no urbanizable de la planta solar fotovoltaica llamada
PSFV ALEIXAR sobre suelo no urbanizable y sus infraestructuras de evacuación
en el término municipal de L’Aleixar.
De acuerdo con el artículo 18 del Decreto Ley 16/2019, de 26 de noviembre, de
medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías
renovables, el órgano competente en materia de energía, en el plazo de un mes a
contar desde la comunicación de la resolución de los trámites ambiental y de
aprobación urbanística, tiene que emitir la resolución sobre la solicitud de
autorización administrativa previa, de declaración de utilidad pública, si se ha
solicitado, y de construcción del parque eólico o de la planta solar fotovoltaica.
Debido a que la autorización de esta instalación contribuye a conseguir los
objetivos de implantación de energía renovable en Catalunya.
Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y de régimen
jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la Ley 26/2010 de 3
de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas
de Catalunya;
Resuelvo:
1. Otorgar a la empresa BLUE VIKING LINEA, SL, la autorización
cve: BOE-B-2025-3173
Verificable en https://www.boe.es
Vistos los informes favorables de los organismos antes indicados, algunos de
ellos establecidos condicionados;