Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1799)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Consulting Informático de Cantabria, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Viernes 31 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 14345

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
1799

Resolución de 22 de enero de 2025, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Consulting
Informático de Cantabria, SL, para la realización de prácticas académicas
externas por parte de estudiantes de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Consulting Informático de
Cantabria, SL, han suscrito, con fecha 21 de enero de 2025, un convenio para que los
alumnos de los programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en dicha entidad
sus prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares y proyectos de fin de
Máster, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo a esta resolución.
Madrid, 22 de enero de 2025.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), el Gerente, Rafael Álvarez
Luque.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Consulting
Informático de Cantabria, SL, para la realización de prácticas académicas externas
por parte de estudiantes de postgrado de la UIMP
REUNIDOS

EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de

cve: BOE-A-2025-1799
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante UIMP) (entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040, Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don Juan Antonio Prego Ortiz, representante legal de Consulting
Informático de Cantabria, SL (entidad con NIF B39361019 y domicilio social en PCTCAN,
calle Isabel Torres 3, 39011, Santander), en su condición de Director de RR. HH. y
Organización, y haciendo uso de los poderes otorgados ante el notario del Ilustre Colegio
Notarial de Cantabria don Iñigo Girón Sierra, mediante escritura de fecha 21 de abril
de 2016 y número de protocolo 950, poderes que declara no le han sido revocados, ni
disminuidos.