Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-1779)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de encomienda de gestión por el que la Comunidad Autónoma de Cantabria encomienda al Ministerio del Interior la seguridad de los edificios de la Administración de Justicia en Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27

Viernes 31 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 14223

– Aprobar, por unanimidad, una vez conocidos los saldos pendientes e identificada la
deuda, tramitar la correspondiente adenda modificativa de la financiación del convenio
conforme el siguiente detalle:
Crédito consignado

Euros

Anualidad

Aplicación

2020

2020.02.09.112M.227.01

37.150,15

2021

2021.02.09.112M.227.01

363.546,98

2022

2022.02.09.112M.227.01

+ 13.578,14

2023

2023.02.09.112M.227.01

+ 17.235,48

2024

2024.02.09.112M.227.01

+ 89.235,91

Quinto.
Teniendo en cuenta lo anteriormente reseñado, las partes firmantes, conjuntamente,
suscriben la presente adenda de modificación del convenio de encomienda de gestión,
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Modificación de la cláusula quinta.11 del convenio de encomienda de gestión.

De acuerdo con lo aprobado por la Comisión Mixta de Seguimiento del convenio de
encomienda de gestión por la que la Comunidad Autónoma de Cantabria encomienda al
Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) la seguridad de los edificios
de la Administración de la Justicia en Cantabria, en su reunión de fecha 3 de abril
de 2024, el cuadro incluido en la cláusula quinta.11 del convenio en la que se fija el
crédito consignado para el año 2021, 2022, 2023 y 2024 con cargo a los presupuestos
de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa
queda modificada conforme al siguiente detalle:
Aplicación

2020

2020.02.09.112M.227.01

37.150,15

2021

2021.02.09.112M.227.01

363.546,98

2022

2022.02.09.112M.227.01

377.125,12

2023

2023.02.09.112M.227.01

380.782,46

2024

2024.02.09.112M.227.01

411.393,15

Eficacia.

La presente adenda se publicará, para su eficacia, en el «Boletín Oficial de la
Comunidad Autónoma de Cantabria», sin perjuicio de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y su duración será la misma que el convenio de encomienda de
gestión que modifica.
El resto de las cláusulas del convenio de encomienda de gestión original no sufren
modificación alguna.

cve: BOE-A-2025-1779
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.

Crédito consignado

Euros

Anualidad