Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal docente e investigador. (BOE-A-2025-1614)
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Profesor Permanente Laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 13350
candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente establecida.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
6.
Comisiones de Valoración
6.1 Cada Comisión de Valoración del concurso objeto de la presente Convocatoria
estará integrada por los miembros que figuran en el anexo II de estas Bases,
regulándose por lo establecido en artículo 86 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario y las Normas transitorias para adaptar el procedimiento
de designación de las comisiones de selección y los criterios de valoración para los
concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios y a las plazas de profesorado
permanente laboral y de profesorado ayudante doctor a la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, aprobadas mediante Acuerdo del Consejo de
Gobierno extraordinario de la UNED de 3 de abril de 2024.
6.2 Los criterios generales aplicables para la baremación de los méritos alegados
por los concursantes son los que figuran en el anexo III. La Comisión de Valoración, a
continuación del acto de constitución, procederá a establecer y hacer públicos, en la
página web de la respectiva Facultad o Escuela con plazas en la convocatoria, los
criterios específicos aplicables a cada una de las plazas objeto de la convocatoria, como
desarrollo de los criterios generales del citado anexo III.
6.3 Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Sr. Rector Magfco. de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando
concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 32
del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal
para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de
acceso a plazas de dichos cuerpos. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los
miembros de la Comisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el
mencionado artículo.
6.4 En ningún caso se podrá proponer para la formalización del contrato a un
número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aspirantes aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
7. Plazo de resolución de los concursos
Los concursos habrán de resolverse en el plazo máximo de tres meses desde el día
siguiente al de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
A los únicos efectos del cómputo del citado plazo se considera inhábil el mes de
agosto.
8.
Listas de aprobados
La comisión, concluido el proceso de selección, entregará toda la documentación en
el Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador, y ordenará la publicación, en
la página web de la respectiva Facultad o Escuela correspondiente, en el plazo máximo
de siete días hábiles, del acta que recoja lo actuado, en la que figurará el candidato
propuesto así como la relación, por orden de puntuación, de los candidatos que hayan
superado la puntuación mínima establecida en el anexo III, si los hubiere, elevando dicha
acta al Sr. Rector Magfco. de la UNED para la formalización del contrato, de acuerdo con
la normativa vigente.
Esta relación se publicará en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente
e Investigador (www.uned.es/profesorado).
cve: BOE-A-2025-1614
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 13350
candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente establecida.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
6.
Comisiones de Valoración
6.1 Cada Comisión de Valoración del concurso objeto de la presente Convocatoria
estará integrada por los miembros que figuran en el anexo II de estas Bases,
regulándose por lo establecido en artículo 86 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario y las Normas transitorias para adaptar el procedimiento
de designación de las comisiones de selección y los criterios de valoración para los
concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios y a las plazas de profesorado
permanente laboral y de profesorado ayudante doctor a la Ley Orgánica 2/2023, de 22
de marzo, del Sistema Universitario, aprobadas mediante Acuerdo del Consejo de
Gobierno extraordinario de la UNED de 3 de abril de 2024.
6.2 Los criterios generales aplicables para la baremación de los méritos alegados
por los concursantes son los que figuran en el anexo III. La Comisión de Valoración, a
continuación del acto de constitución, procederá a establecer y hacer públicos, en la
página web de la respectiva Facultad o Escuela con plazas en la convocatoria, los
criterios específicos aplicables a cada una de las plazas objeto de la convocatoria, como
desarrollo de los criterios generales del citado anexo III.
6.3 Los miembros de la Comisión deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Sr. Rector Magfco. de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cuando
concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 32
del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal
para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de
acceso a plazas de dichos cuerpos. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los
miembros de la Comisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el
mencionado artículo.
6.4 En ningún caso se podrá proponer para la formalización del contrato a un
número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aspirantes aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
7. Plazo de resolución de los concursos
Los concursos habrán de resolverse en el plazo máximo de tres meses desde el día
siguiente al de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
A los únicos efectos del cómputo del citado plazo se considera inhábil el mes de
agosto.
8.
Listas de aprobados
La comisión, concluido el proceso de selección, entregará toda la documentación en
el Servicio de Gestión de Personal Docente e Investigador, y ordenará la publicación, en
la página web de la respectiva Facultad o Escuela correspondiente, en el plazo máximo
de siete días hábiles, del acta que recoja lo actuado, en la que figurará el candidato
propuesto así como la relación, por orden de puntuación, de los candidatos que hayan
superado la puntuación mínima establecida en el anexo III, si los hubiere, elevando dicha
acta al Sr. Rector Magfco. de la UNED para la formalización del contrato, de acuerdo con
la normativa vigente.
Esta relación se publicará en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente
e Investigador (www.uned.es/profesorado).
cve: BOE-A-2025-1614
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 25