Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal docente e investigador. (BOE-A-2025-1613)
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de Profesor Permanente Laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 13336

tasas si son de la categoría especial y con una reducción del 50 % los miembros de
familias de la categoría general. Para ello deberán aportar el título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya
sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección
http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición
expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el
acceso a la Plataforma de Intermediación de datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas de terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de heridos y fallecidos.
e) Las víctimas de violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, estarán exentas del pago de los precios públicos por servicios
universitarios. Las víctimas de violencia de género que se acojan a esta disposición
habrán de acreditar su condición de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de
la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá efectuarse dentro
del plazo de presentación de solicitudes. Una vez presentada la solicitud, la falta del
abono de los derechos de examen o no reunir los requisitos para la exención de pago
determinará la exclusión definitiva del aspirante, no siendo posible su subsanación
posterior.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los
interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.
En ningún caso el abono de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
4.2 Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud su currículum vitae, que
deberá presentarse según el modelo de currículum del anexo IV. Además, deberán
adjuntar el recibo de ingreso de la cantidad de 28,45 euros en concepto de derechos de
examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o
parcial del mismo y la evaluación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación (ANECA) a que se refiere el punto 3.2.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el Rectorado dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en la página web del Vicerrectorado de
Personal Docente e Investigador (www.uned.es/profesorado).
5.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del día siguiente a la publicación de la lista provisional, para poder subsanar el
defecto que haya motivado su exclusión. La subsanación se realizará mediante el mismo
procedimiento establecido para la presentación de instancias (Sede Electrónica de la
UNED https://sede.uned.es) aportando la documentación requerida. De no producirse la
subsanación en este plazo se tendrá al interesado por desistido de su solicitud.
Finalizado dicho plazo, el Rector dictará una resolución aprobando la lista definitiva de
candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente establecida.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso en los términos previstos en el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2025-1613
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Núm. 25