Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-1631)
Resolución de 17 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión con el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, para la distribución y venta de publicaciones editadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Miércoles 29 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 13658

posibilitará a la ciudadanía la adquisición de las obras editadas por el INAEM y sus
unidades dependientes en cualquier soporte, a través de su página Web, de los puntos
de venta y de los distribuidores del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de que el INAEM
tenga otros puntos de venta en otros ministerios u organismos.
Segundo.
Que, según el Real Decreto 118/2001, de ordenación de publicaciones oficiales,
corresponde a los Centros de Publicaciones, dependientes de las Secretarías Generales
Técnicas, gestionar la edición, distribución y venta, en su caso, de las publicaciones
oficiales, en coordinación con los organismos y entidades con actividad editorial.
Que, según el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración General
del Estado para el año 2024, «las publicaciones oficiales deben servir de instrumento
para la transparencia de la Administración General del Estado y de medio para la
divulgación de la información y documentación que en ella se generan en beneficio de la
ciudadanía y los agentes sociales y económicos».
Por cuanto antecede, ambas partes firman el presente acuerdo con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.
Este acuerdo de encomienda de gestión se regirá por lo dispuesto en el artículo 11
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda.
Las publicaciones editadas por el INAEM figurarán en el catálogo en línea de
publicaciones del Ministerio de Cultura, en un apartado bien diferenciado de las
publicaciones del Ministerio.
Tercera.
El INAEM mantendrá al día la base de datos del catálogo de publicaciones del
Ministerio de Cultura donde se facilitarán los datos bibliográficos, incluido un resumen del
contenido de la publicación y una imagen de la cubierta. Asimismo, se podrá alojar un
pdf de la misma para ponerla a disposición del público.
Cuarta.
El INAEM depositará en el Servicio de Distribución y Venta de Publicaciones del
Ministerio de Cultura situado en la calle Abdón Terradas 7, quince ejemplares como
mínimo de cada una de las publicaciones editadas en cualquier soporte, con el fin de
mantener un fondo cuya finalidad sea la venta, cantidad que será renovada por
indicación del Ministerio de Cultura.

Los ingresos por la venta de las publicaciones del INAEM irán directamente a la
cuenta del INAEM ES59 0182 2370 4002 0020 1218 a través de la cuenta de propósito
específico que gestiona la Subdirección de Atención a la Ciudadanía, Documentación y
Publicaciones por la venta de publicaciones del Ministerio de Cultura. El Ministerio hará
un informe semestral donde se recogerá la gestión de las ventas.

cve: BOE-A-2025-1631
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.