Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-1556)
Orden ECM/71/2025, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa Innova Invest» de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y se efectúa la primera convocatoria, en el marco de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24
Martes 28 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 12975
con el fin de realizar las comprobaciones correspondientes. Tras valorar la adecuada
evolución del proyecto hasta la fecha del pago parcial solicitado, será decisión del
órgano instructor aprobar el pago parcial en función de la verificación de la obtención de
resultados parciales o su denegación, en cuyo caso la justificación se realizaría al
término del período subvencionable para el conjunto de gastos subvencionables. El
importe del pago parcial se determinará en función del gasto aceptado, aplicándole la
intensidad de ayuda correspondiente. Serán de aplicación los procedimientos de
justificación de gastos establecidos en las bases así como las instrucciones fijadas en la
resolución de concesión.
Artículo 42.
Recursos.
1. Los actos dictados en el procedimiento de concesión de las ayudas podrán ser
impugnados en los casos y formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la
resolución expresa, o en su caso, la desestimación presunta de la solicitud, que pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, ante
el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computados desde el día
siguiente al de su notificación en el caso de que haya dictado un acto expreso, y en el
segundo caso, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa
específica, se produzca el acto presunto; sin perjuicio de cuantos otros recursos se
estime oportuno deducir.
2. La interposición de recursos de reposición deberá realizarse ante ICEX, a través
del Registro Electrónico del mismo.
Artículo 43. Información relativa al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
«Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con fondos europeos y me
comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a
terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de
ayudas para nuestra empresa, valoro muy positivamente la contribución del FEDER,
principal fondo de la política de cohesión europea, por lo que supone de impulso a
nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de
la región en que me ubico y de España en su conjunto.»
5. Asimismo, las empresas beneficiarias de una ayuda cofinanciada por Fondos
FEDER, y en lo que respecta a la disponibilidad y conservación de los documentos
justificativos, deberán tener en cuenta lo contenido en el artículo 82 del Reglamento (UE)
n.º 2021/1060, así como el artículo 74 del citado reglamento para lo relativo a la
contabilización de las operaciones.
cve: BOE-A-2025-1556
Verificable en https://www.boe.es
1. Las subvenciones podrán estar cofinanciadas por la Unión Europea a través del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para el periodo de
programación 2021-2027.
2. La aceptación de la subvención ICEX por parte de las empresas participantes,
supone su aceptación a ser incluidas en la lista de operaciones publicada de
conformidad con artículo 49 apartado 3) del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
3. Asimismo, la aceptación de la subvención implica que la empresa beneficiaria ha
sido informada de los requisitos y de las obligaciones que debe cumplir por su
aceptación, establecidos en el «Documento que Establece las Condiciones de las
Ayudas (DECA)» que se adjuntará al Comunicado de Aprobación de la Ayuda.
4. Igualmente, esta aceptación también supone su permiso a que ICEX publique en
su página web la conformidad de la empresa con el siguiente texto:
Núm. 24
Martes 28 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 12975
con el fin de realizar las comprobaciones correspondientes. Tras valorar la adecuada
evolución del proyecto hasta la fecha del pago parcial solicitado, será decisión del
órgano instructor aprobar el pago parcial en función de la verificación de la obtención de
resultados parciales o su denegación, en cuyo caso la justificación se realizaría al
término del período subvencionable para el conjunto de gastos subvencionables. El
importe del pago parcial se determinará en función del gasto aceptado, aplicándole la
intensidad de ayuda correspondiente. Serán de aplicación los procedimientos de
justificación de gastos establecidos en las bases así como las instrucciones fijadas en la
resolución de concesión.
Artículo 42.
Recursos.
1. Los actos dictados en el procedimiento de concesión de las ayudas podrán ser
impugnados en los casos y formas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la
resolución expresa, o en su caso, la desestimación presunta de la solicitud, que pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, ante
el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computados desde el día
siguiente al de su notificación en el caso de que haya dictado un acto expreso, y en el
segundo caso, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa
específica, se produzca el acto presunto; sin perjuicio de cuantos otros recursos se
estime oportuno deducir.
2. La interposición de recursos de reposición deberá realizarse ante ICEX, a través
del Registro Electrónico del mismo.
Artículo 43. Información relativa al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
«Soy conocedor de que esta actuación está cofinanciada con fondos europeos y me
comprometo a indicarlo así siempre que deba hacer referencia a la misma, frente a
terceros o a la propia ciudadanía. Por la importancia que considero tienen este tipo de
ayudas para nuestra empresa, valoro muy positivamente la contribución del FEDER,
principal fondo de la política de cohesión europea, por lo que supone de impulso a
nuestro trabajo y en consecuencia al crecimiento económico y la creación de empleo de
la región en que me ubico y de España en su conjunto.»
5. Asimismo, las empresas beneficiarias de una ayuda cofinanciada por Fondos
FEDER, y en lo que respecta a la disponibilidad y conservación de los documentos
justificativos, deberán tener en cuenta lo contenido en el artículo 82 del Reglamento (UE)
n.º 2021/1060, así como el artículo 74 del citado reglamento para lo relativo a la
contabilización de las operaciones.
cve: BOE-A-2025-1556
Verificable en https://www.boe.es
1. Las subvenciones podrán estar cofinanciadas por la Unión Europea a través del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para el periodo de
programación 2021-2027.
2. La aceptación de la subvención ICEX por parte de las empresas participantes,
supone su aceptación a ser incluidas en la lista de operaciones publicada de
conformidad con artículo 49 apartado 3) del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
3. Asimismo, la aceptación de la subvención implica que la empresa beneficiaria ha
sido informada de los requisitos y de las obligaciones que debe cumplir por su
aceptación, establecidos en el «Documento que Establece las Condiciones de las
Ayudas (DECA)» que se adjuntará al Comunicado de Aprobación de la Ayuda.
4. Igualmente, esta aceptación también supone su permiso a que ICEX publique en
su página web la conformidad de la empresa con el siguiente texto: