Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2025-1343)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores y directoras en los centros docentes públicos no universitarios en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22
Sábado 25 de enero de 2025
Novena.
Sec. II.B. Pág. 10970
Reclamaciones, recursos y lista de calificaciones definitivas.
1. Las personas candidatas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de calificaciones provisionales,
para presentar las reclamaciones que estimen oportunas y completar en su caso la
documentación acreditativa de los méritos alegados, mediante escrito dirigido al
presidente de la comisión de selección.
2. La comisión de selección dispondrá de dos días hábiles para la resolución de las
reclamaciones presentadas. Al día siguiente a la finalización de este plazo se publicarán
las calificaciones definitivas en el tablón de anuncios del centro docente y de la
correspondiente Dirección Provincial. Las Direcciones Provinciales enviarán copia de la
lista de calificaciones definitivas a la Dirección General de Planificación y Gestión
Educativa para su publicación en la página web del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. La publicación de la lista de calificaciones definitivas servirá de
notificación a las personas participantes. Se entenderán desestimadas las reclamaciones
presentadas, cuando las puntuaciones no hayan sido modificadas.
3. Frente a la calificación definitiva cabe recurso de alzada ante la persona titular de
la Dirección Provincial correspondiente en el plazo de un mes, cuya resolución pondrá fin
a la vía administrativa.
Décima.
Propuesta de nombramiento.
1. La presidencia de la comisión de selección trasladará a la persona titular de la
Dirección Provincial correspondiente las calificaciones definitivas obtenidas por las
personas solicitantes, de forma simultánea a su publicación, y elevará la propuesta de
nombramiento como director o directora del centro docente a quien haya obtenido la
calificación más alta.
2. La comunicación se realizará igualmente si se da la circunstancia de que no
haya resultado seleccionado ningún aspirante.
3. En caso de producirse empate en la calificación definitiva se procederá conforme
a lo establecido en el artículo 19.2 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril.
Undécima.
Nombramiento.
Concluido el proceso de selección las personas que hayan superado el
procedimiento y sean propuestas por las comisiones de selección correspondientes,
serán nombradas director o directora del centro docente respectivo por la persona titular
de la Dirección Provincial, por un periodo de cuatro cursos académicos, con efectos de 1
de julio de 2025.
Recursos.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien podrá interponerse directamente
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.
Madrid, 22 de enero de 2025.–El Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la
Rosa Díaz.
cve: BOE-A-2025-1343
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 22
Sábado 25 de enero de 2025
Novena.
Sec. II.B. Pág. 10970
Reclamaciones, recursos y lista de calificaciones definitivas.
1. Las personas candidatas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de calificaciones provisionales,
para presentar las reclamaciones que estimen oportunas y completar en su caso la
documentación acreditativa de los méritos alegados, mediante escrito dirigido al
presidente de la comisión de selección.
2. La comisión de selección dispondrá de dos días hábiles para la resolución de las
reclamaciones presentadas. Al día siguiente a la finalización de este plazo se publicarán
las calificaciones definitivas en el tablón de anuncios del centro docente y de la
correspondiente Dirección Provincial. Las Direcciones Provinciales enviarán copia de la
lista de calificaciones definitivas a la Dirección General de Planificación y Gestión
Educativa para su publicación en la página web del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. La publicación de la lista de calificaciones definitivas servirá de
notificación a las personas participantes. Se entenderán desestimadas las reclamaciones
presentadas, cuando las puntuaciones no hayan sido modificadas.
3. Frente a la calificación definitiva cabe recurso de alzada ante la persona titular de
la Dirección Provincial correspondiente en el plazo de un mes, cuya resolución pondrá fin
a la vía administrativa.
Décima.
Propuesta de nombramiento.
1. La presidencia de la comisión de selección trasladará a la persona titular de la
Dirección Provincial correspondiente las calificaciones definitivas obtenidas por las
personas solicitantes, de forma simultánea a su publicación, y elevará la propuesta de
nombramiento como director o directora del centro docente a quien haya obtenido la
calificación más alta.
2. La comunicación se realizará igualmente si se da la circunstancia de que no
haya resultado seleccionado ningún aspirante.
3. En caso de producirse empate en la calificación definitiva se procederá conforme
a lo establecido en el artículo 19.2 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril.
Undécima.
Nombramiento.
Concluido el proceso de selección las personas que hayan superado el
procedimiento y sean propuestas por las comisiones de selección correspondientes,
serán nombradas director o directora del centro docente respectivo por la persona titular
de la Dirección Provincial, por un periodo de cuatro cursos académicos, con efectos de 1
de julio de 2025.
Recursos.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien podrá interponerse directamente
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.
Madrid, 22 de enero de 2025.–El Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la
Rosa Díaz.
cve: BOE-A-2025-1343
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Duodécima.