Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1381)
Resolución de 16 de enero de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Asociación El Garaje Teatro, con motivo de la celebración de la III edición de «Pies inquietos Festival de Artes Escénicas para la Primera Infancia».
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Sábado 25 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 11289

– Realizar la gestión de los participantes en las actividades (tramitación y tratamiento
de los documentos y datos de las solicitudes), así como las comunicaciones y trámites
que sean necesarias con todas/os ellas/os para el correcto desarrollo de las actividades.
Tanto la bailarina o bailarín de la CND como Michelle Man serán las personas
encargadas del desarrollo artístico de la actividad, siendo las personas encargadas de
los menores los adultos que les acompañen durante la impartición del taller, dado que
cada niña o niño participará en la actividad acompañado/a de un adulto, responsable de
cada menor.
Tercera.

Compromisos económicos.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes
que lo firman.
La celebración de estos talleres no conlleva compromisos económicos por parte del
INAEM.
En cuanto a la Asociación, sus obligaciones económicas se cuantifican en un
máximo de quinientos cincuenta euros (550,00 €), IVA incluido, anualidad 2025.
Cuarta.

Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de las
actuaciones objeto de la colaboración.
En toda la promoción y difusión de los talleres que son objeto del presente convenio,
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
El material de difusión que generen las actividades descritas en la cláusula primera
deberá ser sometido a revisión previa y autorización expresa del INAEM. A tal efecto y,
con antelación suficiente a su edición, se remitirán al Departamento de Comunicación de
la CND las pruebas de los referidos materiales.
Quinta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.
Se establece una Comisión de Seguimiento a la que le corresponde el control de las
actividades que deben desarrollarse en ejecución del presente convenio así como
resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, que
estará integrada por las siguientes personas: en representación del INAEM, por la titular
de dirección del CND y titular de dirección adjunta de la CND, o persona en quien
deleguen; y, en representación de la Asociación, por la titular de la Presidencia y la titular
de la codirección artística, o persona en quien deleguen.

La Asociación certifica que cumple con los requisitos que impone la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello asumen el
compromiso de comunicar al INAEM los riesgos que su trabajo en la sala de las
dependencias de la CND donde se desarrollarán las actividades puedan generar, así
como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según
el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la
Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de
coordinación de actividades empresariales. En todo caso, la Asociación se compromete
a cumplir en sus actividades con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales del
propio espacio.

cve: BOE-A-2025-1381
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.