Comunidad Autónoma de La Rioja. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-1260)
Resolución 47/2025, de 16 de enero, de la Dirección General de Justicia e Interior de la Consejería de Salud y Políticas Sociales por la que se convoca concurso de traslado entre el personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Novena.
Sec. II.B. Pág. 10376
Plazo posesorio.
1. Las resoluciones del concurso podrán separarse por Cuerpos, a fin de que los
ceses de las funcionarias y los funcionarios concursantes puedan ser escalonados en el
tiempo, si la Administración considera que su acumulación en una misma fecha pudiera
ser perjudicial para el servicio público.
2. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los
Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el
día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
3. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
localidad de la funcionaria o del funcionario; ocho días hábiles si implica cambio de
localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de
Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen
como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al del cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la
resolución definitiva del concurso.
4. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando el personal funcionario, salvo
que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque
el disfrute de los mismos.
Décima. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Undécima.
Limitación para concursar.
Quienes obtengan destino definitivo en el presente concurso, no podrán participar en
otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los
plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Duodécima.
Recursos.
Logroño, 16 de enero de 2025.–La Directora General de Justicia e Interior, Tania
Sáez Martínez.
cve: BOE-A-2025-1260
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», ante la Excma. Sra. Consejera de Salud y Políticas Sociales
del Gobierno de La Rioja, de acuerdo con los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Novena.
Sec. II.B. Pág. 10376
Plazo posesorio.
1. Las resoluciones del concurso podrán separarse por Cuerpos, a fin de que los
ceses de las funcionarias y los funcionarios concursantes puedan ser escalonados en el
tiempo, si la Administración considera que su acumulación en una misma fecha pudiera
ser perjudicial para el servicio público.
2. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los
Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el
día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
3. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
localidad de la funcionaria o del funcionario; ocho días hábiles si implica cambio de
localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de
Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será de un mes tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen
como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al del cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la
resolución definitiva del concurso.
4. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando el personal funcionario, salvo
que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque
el disfrute de los mismos.
Décima. Carácter de los destinos adjudicados.
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Undécima.
Limitación para concursar.
Quienes obtengan destino definitivo en el presente concurso, no podrán participar en
otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los
plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y articulo 46.1del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Duodécima.
Recursos.
Logroño, 16 de enero de 2025.–La Directora General de Justicia e Interior, Tania
Sáez Martínez.
cve: BOE-A-2025-1260
Verificable en https://www.boe.es
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», ante la Excma. Sra. Consejera de Salud y Políticas Sociales
del Gobierno de La Rioja, de acuerdo con los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.