Comunidad de Madrid. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-1265)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21

Viernes 24 de enero de 2025
B)

Sec. II.B. Pág. 10510

Presentación de las solicitudes.

El presente sistema de presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Todas las personas concursantes de ámbito nacional con modelo de instancia V1, V2
o V3, grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas
en el Manual del Asistente de Inscripción.
Tendrán en cuenta básicamente lo siguiente:
– No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato
papel.
– El uso del Asistente de Inscripción ya no es sólo para confeccionar la instancia,
sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y
confirmada la instancia en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya estará
presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una instancia ya confirmada, dentro
del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a
través del Asistente de Inscripción.
– Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas instancias
como se desee, teniendo en cuenta que sólo tendrá validez en el concurso la última
instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera instancia,
cada nueva acción realizada (Nueva instancia grabada y confirmada, o renuncia a la
participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente, por lo que
quedará activa únicamente la última.
– Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los
casos en los que se requiera.
– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado
telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción.
C)

Renuncias.

Quinta.

Peticiones condicionadas.

Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios del mismo o distinto Cuerpo,
podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo
municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las
peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta
petición condicionada, deberán concretarlo en su instancia en el apartado C,

cve: BOE-A-2025-1265
Verificable en https://www.boe.es

Durante el plazo de presentación de instancias, los participantes podrán presentar
cuantas instancias crean oportuno, así como renunciar a la participación en concurso,
manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado en el punto B, la última
acción realizada.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la
participación en el concurso, según lo indicado en la base primera, punto 7, durante los
diez días hábiles subsiguientes a la terminación de dicho plazo, pero no se podrá realizar
a través del Asistente de Inscripción, pues ya estará cerrado a modificaciones, por lo que
enviarán firmado y escaneado el anexo IV (Modelo de alegaciones), junto con la
documentación justificativa de dicha renuncia, a través del correo electrónico
concursos.admonjusticia@mjusticia.es y se confirmará su recepción a través de un
mensaje de respuesta con la palabra «Recibido». En caso de que no tengan constancia
de dicha respuesta deberán enviarlo nuevamente.
Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto»: Renuncia, en un
único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de
instancia del interesado (Ejemplo: «Luis Pérez Pérez 000000000K V1».