Comunidad Autónoma de Cataluña. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-1255)
Resolución de 16 de enero de 2025, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 10206
Todos los funcionarios que participen en el presente concurso de traslados entre
funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal
y Administrativa y Auxilio Judicial deberán rellenar la solicitud telemáticamente a través
de la página web del Ministerio de Justicia en la dirección www.mjusticia.gob.es/es/
ciudadanía/empleo-publico/concursos-traslados/Concurso de traslados ordinario gestión,
tramitación y auxilio 2024.
Una vez en dicha página, pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre
«GTA Concurso de traslados», entrarán en el asistente de inscripción y el sistema les guiará
en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando. Deberán
consultar el manual del asistente web publicado en dicha página, y si tienen alguna duda
pueden ponerse en contacto a través del buzón: asistente.concurso.gta@mju.es.
Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la tramitación de los códigos,
ya que los datos grabados por la persona concursante quedarán automáticamente
almacenados en el sistema informático.
Los concursantes, antes de entrar en el asistente de inscripción, deberán
identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma
Cl@ve: DNI electrónico, Certificado digital, Cl@ve Pin 24 h, Cl@ve permanente.
b) Presentación de las solicitudes: el presente sistema de presentación se basa en
los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los concursantes con
modelo de instancia V1, V2 o V3 grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con
las instrucciones descritas en el manual del asistente de inscripción.
Básicamente, deberán tener en cuenta lo siguiente:
a) No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato papel.
b) El uso del asistente de inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia,
sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y
confirmada la instancia en dicho asistente, dentro del plazo establecido, ya estará
presentada en el departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
c) Si alguna persona solicitante quisiera modificar una instancia ya confirmada,
dentro del plazo de presentación de solicitudes podrá volver a generar y confirmar una
nueva instancia a través del asistente de inscripción.
d) Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas
instancias como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso la
última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera
instancia, cada nueva acción realizada (nueva instancia grabada y confirmada, o
renuncia a la participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente, por
lo que quedará activa únicamente la última.
e) Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los
casos en los que se requiera.
f) Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado
telemáticamente con el asistente de inscripción.
c) Renuncias: Durante el plazo de presentación de instancias, los participantes
podrán presentar cuantas instancias crean oportunas, así como renunciar a la
participación en el concurso, manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado
en el punto b, la última acción realizada.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la
participación en el concurso, según lo establecido en la base 1.7 de la presente
convocatoria, durante los días hábiles subsiguientes a la finalización de dicho plazo, pero
no se podrá realizar a través del asistente de inscripción, pues ya estará cerrado a
modificaciones, por lo que deberán enviar firmado y escaneado el anexo 4 (modelo de
alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia a través del
correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, y se confirmará su recepción a
través de un mensaje de respuesta con la palabra «Recibido». En caso de que no
tengan constancia de dicha respuesta deberán enviarlo nuevamente.
cve: BOE-A-2025-1255
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 10206
Todos los funcionarios que participen en el presente concurso de traslados entre
funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal
y Administrativa y Auxilio Judicial deberán rellenar la solicitud telemáticamente a través
de la página web del Ministerio de Justicia en la dirección www.mjusticia.gob.es/es/
ciudadanía/empleo-publico/concursos-traslados/Concurso de traslados ordinario gestión,
tramitación y auxilio 2024.
Una vez en dicha página, pulsarán en el enlace que aparece en la misma con el nombre
«GTA Concurso de traslados», entrarán en el asistente de inscripción y el sistema les guiará
en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando. Deberán
consultar el manual del asistente web publicado en dicha página, y si tienen alguna duda
pueden ponerse en contacto a través del buzón: asistente.concurso.gta@mju.es.
Con ello se conseguirá el objetivo de evitar errores en la tramitación de los códigos,
ya que los datos grabados por la persona concursante quedarán automáticamente
almacenados en el sistema informático.
Los concursantes, antes de entrar en el asistente de inscripción, deberán
identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma
Cl@ve: DNI electrónico, Certificado digital, Cl@ve Pin 24 h, Cl@ve permanente.
b) Presentación de las solicitudes: el presente sistema de presentación se basa en
los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los concursantes con
modelo de instancia V1, V2 o V3 grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con
las instrucciones descritas en el manual del asistente de inscripción.
Básicamente, deberán tener en cuenta lo siguiente:
a) No se presentará ninguna instancia de participación en el concurso en formato papel.
b) El uso del asistente de inscripción ya no es solo para confeccionar la instancia,
sino que es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez grabada y
confirmada la instancia en dicho asistente, dentro del plazo establecido, ya estará
presentada en el departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
c) Si alguna persona solicitante quisiera modificar una instancia ya confirmada,
dentro del plazo de presentación de solicitudes podrá volver a generar y confirmar una
nueva instancia a través del asistente de inscripción.
d) Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas
instancias como se desee, teniendo en cuenta que solo tendrá validez en el concurso la
última instancia presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera
instancia, cada nueva acción realizada (nueva instancia grabada y confirmada, o
renuncia a la participación en el concurso), anulará la acción realizada anteriormente, por
lo que quedará activa únicamente la última.
e) Se pueden presentar, junto con la instancia, los documentos necesarios en los
casos en los que se requiera.
f) Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado
telemáticamente con el asistente de inscripción.
c) Renuncias: Durante el plazo de presentación de instancias, los participantes
podrán presentar cuantas instancias crean oportunas, así como renunciar a la
participación en el concurso, manteniéndose activa únicamente, como ya se ha indicado
en el punto b, la última acción realizada.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, podrán renunciar a la
participación en el concurso, según lo establecido en la base 1.7 de la presente
convocatoria, durante los días hábiles subsiguientes a la finalización de dicho plazo, pero
no se podrá realizar a través del asistente de inscripción, pues ya estará cerrado a
modificaciones, por lo que deberán enviar firmado y escaneado el anexo 4 (modelo de
alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia a través del
correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, y se confirmará su recepción a
través de un mensaje de respuesta con la palabra «Recibido». En caso de que no
tengan constancia de dicha respuesta deberán enviarlo nuevamente.
cve: BOE-A-2025-1255
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 21