Comunidad Autónoma de Cataluña. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-1255)
Resolución de 16 de enero de 2025, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 10208
Cataluña y veinte días hábiles si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción
de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares,
ciudad de Ceuta y ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo
en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la resolución
definitiva del concurso.
9.4 El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las
vacaciones, los permisos o las licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios,
salvo que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o
revoque el disfrute de los mismos.
10.
Carácter de los destinos adjudicados
10.1 Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
10.2 Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
11.
Limitación para concursar
Los que obtengan destino definitivo en el presente concurso no podrán participar en
otro concurso de traslados para el mismo cuerpo o escala hasta que no transcurran los
plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el
artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
12. Información sobre los recursos a interponer
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas
pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo
órgano administrativo que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar a partir del día
siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 112, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas; o bien pueden interponer un recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su
publicación, ante un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona, o ante el
Juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección,
de conformidad con lo que disponen los artículos 14.1.2.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; o cualquier otro
recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
cve: BOE-A-2025-1255
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 16 de enero de 2025.–La Secretaria General, P. D. (Resolución
JUS/1041/2021, de 30 de marzo), la Secretaria para la Administración de Justicia,
Iolanda M. Aguilar i Juncosa.
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 10208
Cataluña y veinte días hábiles si implica cambio de comunidad autónoma, con excepción
de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares,
ciudad de Ceuta y ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de trabajo
en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día hábil
siguiente al cese, que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la resolución
definitiva del concurso.
9.4 El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las
vacaciones, los permisos o las licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios,
salvo que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o
revoque el disfrute de los mismos.
10.
Carácter de los destinos adjudicados
10.1 Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la
consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
10.2 Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
11.
Limitación para concursar
Los que obtengan destino definitivo en el presente concurso no podrán participar en
otro concurso de traslados para el mismo cuerpo o escala hasta que no transcurran los
plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre,
que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el
artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
12. Información sobre los recursos a interponer
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas
pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo
órgano administrativo que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar a partir del día
siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 112, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas; o bien pueden interponer un recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su
publicación, ante un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona, o ante el
Juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección,
de conformidad con lo que disponen los artículos 14.1.2.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; o cualquier otro
recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
cve: BOE-A-2025-1255
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 16 de enero de 2025.–La Secretaria General, P. D. (Resolución
JUS/1041/2021, de 30 de marzo), la Secretaria para la Administración de Justicia,
Iolanda M. Aguilar i Juncosa.