Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-1214)
Resolución de 2 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Valenciana, para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2025 a 2028.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Jueves 23 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9951
pueda visualizarse una correlación entre los importes invertidos por la Comunidad y los
objetivos a alcanzar previstos en el convenio.
En cada uno de estos apartados, deben detallarse las actuaciones realizadas y el
coste de las mismas, señalando, en el caso de costes directos de adquisiciones de
bienes o servicios, su concepto y su importe. Si estos costes no fueran imputables en su
integridad a este convenio, se indicará el porcentaje de financiación y el criterio aplicado
para realizar su distribución.
En el caso de imputación de costes generales o de estructura (por ejemplo: costes
de personal que se dedique parcialmente a temas referidos a la aplicación de este
convenio), se detallará el gasto total, el criterio general de distribución de este tipo de
coste, el porcentaje correspondiente a la ejecución de las actuaciones previstas en este
convenio y el importe imputado.
En el caso de imputación de costes de formación se indicarán la denominación del
curso de formación, el número de asistentes a los mismos y su coste de impartición.
En el caso de que se aplicara a este convenio la financiación de algún elemento del
inmovilizado material o inmaterial (aplicaciones informáticas) deberá señalarse el
porcentaje de amortización aplicado.
En el caso de gastos que se imputen a varias actuaciones financiadas en este
concepto, se actuará con el mismo criterio que con los costes indirectos.
3.
Cuadro resumen del gasto.
cve: BOE-A-2025-1214
Verificable en https://www.boe.es
Al final de la memoria, deberá presentarse un cuadro resumen de gasto por cada
actuación financiada y otro por cada uno de los conceptos de gasto realizados en el
ejercicio.
Por último, indicar que la memoria financiera deberá ser firmada por el responsable
de la ejecución económica o presupuestaria de la entidad que asuma la gestión de las
actuaciones materiales del convenio: la propia Consejería de Sanidad, el Servicio
Autonómico de Salud, etc.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 20
Jueves 23 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9951
pueda visualizarse una correlación entre los importes invertidos por la Comunidad y los
objetivos a alcanzar previstos en el convenio.
En cada uno de estos apartados, deben detallarse las actuaciones realizadas y el
coste de las mismas, señalando, en el caso de costes directos de adquisiciones de
bienes o servicios, su concepto y su importe. Si estos costes no fueran imputables en su
integridad a este convenio, se indicará el porcentaje de financiación y el criterio aplicado
para realizar su distribución.
En el caso de imputación de costes generales o de estructura (por ejemplo: costes
de personal que se dedique parcialmente a temas referidos a la aplicación de este
convenio), se detallará el gasto total, el criterio general de distribución de este tipo de
coste, el porcentaje correspondiente a la ejecución de las actuaciones previstas en este
convenio y el importe imputado.
En el caso de imputación de costes de formación se indicarán la denominación del
curso de formación, el número de asistentes a los mismos y su coste de impartición.
En el caso de que se aplicara a este convenio la financiación de algún elemento del
inmovilizado material o inmaterial (aplicaciones informáticas) deberá señalarse el
porcentaje de amortización aplicado.
En el caso de gastos que se imputen a varias actuaciones financiadas en este
concepto, se actuará con el mismo criterio que con los costes indirectos.
3.
Cuadro resumen del gasto.
cve: BOE-A-2025-1214
Verificable en https://www.boe.es
Al final de la memoria, deberá presentarse un cuadro resumen de gasto por cada
actuación financiada y otro por cada uno de los conceptos de gasto realizados en el
ejercicio.
Por último, indicar que la memoria financiera deberá ser firmada por el responsable
de la ejecución económica o presupuestaria de la entidad que asuma la gestión de las
actuaciones materiales del convenio: la propia Consejería de Sanidad, el Servicio
Autonómico de Salud, etc.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X