Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-1201)
Resolución de 2 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2025 a 2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Jueves 23 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9685
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
1201
Resolución de 2 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social
y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el control de la incapacidad
temporal durante el periodo 2025 a 2028.
Con fecha 26 de diciembre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (INSS) y la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2025 a 2028; en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado convenio.
Madrid, 2 de enero de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y
MIGRACIONES (INSS) Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL
CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL DURANTE EL PERIODO 2025 A 2028
A la fecha de las firmas,
De una parte, don Francisco de Borja Suárez Corujo, Secretario de Estado de la
Seguridad Social y Pensiones, nombrado mediante Real Decreto 514/2022, de 27 de
junio, actuando en nombre y representación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, en virtud de lo establecido en el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, en el artículo 2.1 a) del Real
Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Doña M.ª del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 131/2020, de 21 de enero,
actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, modificado por el
Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre, y por el Real Decreto 496/2020, de 28 de
abril.
De otra parte, doña Rocío Hernández Soto, Consejera de Salud y Consumo de la
Junta de Andalucía, nombrada por Decreto del Presidente 14/2024, de 29 de julio, en
virtud de las facultades que le vienen conferidas por el artículo 117.1 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía y por los artículos 10.1.e) y 22, apartados 1 y 2 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
cve: BOE-A-2025-1201
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 20
Jueves 23 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9685
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
1201
Resolución de 2 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social
y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el control de la incapacidad
temporal durante el periodo 2025 a 2028.
Con fecha 26 de diciembre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (INSS) y la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2025 a 2028; en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del citado convenio.
Madrid, 2 de enero de 2025.–El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez
García.
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y
MIGRACIONES (INSS) Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL
CONTROL DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL DURANTE EL PERIODO 2025 A 2028
A la fecha de las firmas,
De una parte, don Francisco de Borja Suárez Corujo, Secretario de Estado de la
Seguridad Social y Pensiones, nombrado mediante Real Decreto 514/2022, de 27 de
junio, actuando en nombre y representación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, en virtud de lo establecido en el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, en el artículo 2.1 a) del Real
Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Doña M.ª del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 131/2020, de 21 de enero,
actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, modificado por el
Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre, y por el Real Decreto 496/2020, de 28 de
abril.
De otra parte, doña Rocío Hernández Soto, Consejera de Salud y Consumo de la
Junta de Andalucía, nombrada por Decreto del Presidente 14/2024, de 29 de julio, en
virtud de las facultades que le vienen conferidas por el artículo 117.1 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía y por los artículos 10.1.e) y 22, apartados 1 y 2 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
cve: BOE-A-2025-1201
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