Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-1974)
Resolución de la Delegación Territorial en Sevilla de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, por el que se concede a favor de la mercantil Mirasol renovables, S.L., modificación de Autorización Administrativa Previa y de Construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica denominada ‘HSF Mirasol Huévar 2’ los términos municipales de Pilas, Huevar del Aljarafe, Benacazón, Bollullos de la Mitación (Sevilla) y declaración en concreto de utilidad pública para la infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 3090
infraestructuras básicas del POTAUS
A las que el peticionario ha presentado alegaciones, manifestado, en resumen,
lo siguiente:
El ayuntamiento emitió informe de compatibilidad urbanística favorable en su
día. Contradicción con actos propios, no habiéndose producido un cambio
sustantivo en el trazado de la línea en cuestión
Existe un acto administrativo anterior que otorgaba aap, aac y que no ha sido
impugnado por el ayuntamiento por lo que este nuevo informe estaría revocando
de plano derechos adquiridos por actos administrativos firmes.
Enviado escrito de alegaciones al ayuntamiento de Bollullos, éste manifiesta en
resumen, lo siguiente:
El Ayuntamiento puede intervenir en todos los asuntos que afecten a sus
competencias en su propio término municipal, y tendrá la potestad para controlar
las materias que le atribuyan las leyes en defensa de sus intereses y los de sus
vecinos, velando por la aplicación de la normativa local y supralocal, y, por
supuesto, informando sobre la bondad o no del expediente de instalación de la
línea eléctrica si el trazado propuesto por la empresa interesada afecta al POTAUS
y al planeamiento municipal.
Las alternativas que propone el Ayuntamiento para el trazado de la línea de
alta tensión no son tardías, pues la ejecución del proyecto no ha dado comienzo.
A las que el peticionario ha presentado alegaciones, manifestado, en resumen,
lo siguiente:
Se trata de propuestas extemporáneas de trazado alternativo.
Insistencia en que el art.19 de la LISTA en lo que se refiere al suelo rústico
preservado por el planeamiento territorial o urbanístico ha sido avalado por la
reciente Sentencia del Tribunal Constitucional 25/2024, de 13 de febrero de 2024,
publicada en BOE el 22 de marzo de 2024.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio
traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, y de
síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que a
continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos
presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado
técnico procedente:
• Ayuntamiento Benacazón
• Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación
• Ayuntamiento de Pilas
• ADIF
cve: BOE-B-2025-1974
Verificable en https://www.boe.es
• Ayuntamiento Huevar del Aljarafe
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 3090
infraestructuras básicas del POTAUS
A las que el peticionario ha presentado alegaciones, manifestado, en resumen,
lo siguiente:
El ayuntamiento emitió informe de compatibilidad urbanística favorable en su
día. Contradicción con actos propios, no habiéndose producido un cambio
sustantivo en el trazado de la línea en cuestión
Existe un acto administrativo anterior que otorgaba aap, aac y que no ha sido
impugnado por el ayuntamiento por lo que este nuevo informe estaría revocando
de plano derechos adquiridos por actos administrativos firmes.
Enviado escrito de alegaciones al ayuntamiento de Bollullos, éste manifiesta en
resumen, lo siguiente:
El Ayuntamiento puede intervenir en todos los asuntos que afecten a sus
competencias en su propio término municipal, y tendrá la potestad para controlar
las materias que le atribuyan las leyes en defensa de sus intereses y los de sus
vecinos, velando por la aplicación de la normativa local y supralocal, y, por
supuesto, informando sobre la bondad o no del expediente de instalación de la
línea eléctrica si el trazado propuesto por la empresa interesada afecta al POTAUS
y al planeamiento municipal.
Las alternativas que propone el Ayuntamiento para el trazado de la línea de
alta tensión no son tardías, pues la ejecución del proyecto no ha dado comienzo.
A las que el peticionario ha presentado alegaciones, manifestado, en resumen,
lo siguiente:
Se trata de propuestas extemporáneas de trazado alternativo.
Insistencia en que el art.19 de la LISTA en lo que se refiere al suelo rústico
preservado por el planeamiento territorial o urbanístico ha sido avalado por la
reciente Sentencia del Tribunal Constitucional 25/2024, de 13 de febrero de 2024,
publicada en BOE el 22 de marzo de 2024.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio
traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, y de
síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que a
continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación,
pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos
presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado
técnico procedente:
• Ayuntamiento Benacazón
• Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación
• Ayuntamiento de Pilas
• ADIF
cve: BOE-B-2025-1974
Verificable en https://www.boe.es
• Ayuntamiento Huevar del Aljarafe