Comunitat Valenciana. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-1028)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia y Administración Pública, por la que se otorgan destinos al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses que ha superado el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1325/2022, de 28 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. II.A. Pág. 8891

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNITAT VALENCIANA
1028

Resolución de 9 de enero de 2025, de la Dirección General de Justicia y
Autogobierno, de la Consellería de Justicia y Administración Pública, por la
que se otorgan destinos al personal funcionario del Cuerpo de Médicos
Forenses que ha superado el proceso selectivo convocado por Orden
JUS/1325/2022, de 28 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre,
Esta Dirección General de Justicia y Autogobierno ha resuelto adjudicar destinos en
los órganos que se relacionan en anexo a los/as integrantes del Cuerpo de Médicos
Forenses nombrados funcionarios/as de carrera por Orden de 9 de enero de 2025,
teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
El personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses al que se le otorga destino
en esta resolución deberá tomar posesión de su cargo ante el responsable del Instituto
de Medicina Legal de destino en el plazo de veinte días hábiles contados desde el
siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de
acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado reglamento y en el artículo 30 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Segundo.
El personal interino que actualmente ocupe plazas que han sido adjudicadas a los
aspirantes aprobados cesará el mismo día en que se produzca la toma de posesión del
titular.
Tercero.

Cuarto.
El personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses, al que se le otorga destino
en virtud de esta resolución, no podrá participar en concurso de traslados hasta que
transcurran dos años desde la fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos
años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial.

cve: BOE-A-2025-1028
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de
la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas), aplicable al personal al servicio
de la Administración de Justicia en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, aquellos participantes que ostenten ya la condición de
funcionarios/as de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.